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bienvenidas y bienvenidos de nueva
00:00:02
cuenta esto es derecho administrativo en
00:00:05
México y hoy me dedicaré a explicarte el
00:00:07
procedimiento
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administrativo como es costumbre debo
00:00:11
hacerte mención de que para este tema
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requerirás conocimientos previos de
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derecho principalmente lo concerniente
00:00:17
al acto
00:00:19
administrativo Pero no te preocupes en
00:00:22
la descripción de este video te estaré
00:00:24
dejando los links para que puedas
00:00:25
visitar dichos videos también me
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gustaría hacerte ver que no dudes en
00:00:30
comentar si hay algún tema o concepto
00:00:33
que no
00:00:33
entiendas con muchísimo gusto estaré
00:00:36
respondiéndole o bien si es tu deseo que
00:00:40
desarrolle otro tema de derecho distinto
00:00:43
a la rama administrativa puedes
00:00:45
hacérmelo saber muy bien para este video
00:00:49
estaré utilizando como referencia la Ley
00:00:51
Federal de procedimiento administrativo
00:00:53
conceptos de varios autores así como
00:00:55
tesis aisladas y
00:00:57
jurisprudencias De igual forma me
00:01:00
gustaría hacerte de tu conocimiento que
00:01:02
en razón de que este tema tiene muchos
00:01:04
antecedentes históricos omitiré su
00:01:07
desarrollo sin más que Añadir vamos a
00:01:09
dar comienzo Comencemos por preguntarnos
00:01:12
En primer término Qué es el derecho
00:01:15
administrativo vamos a comenzar con la
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definición que nos proporciona el autor
00:01:20
Rafael Martínez
00:01:21
Morales el procedimiento administrativo
00:01:24
es la serie coordinada de medidas
00:01:26
tendientes a producir y ejecutar un acto
00:01:28
administrativo de lo anterior podemos
00:01:31
inferir Y definir propiamente que el
00:01:33
procedimiento administrativo no solo es
00:01:35
una serie de formalidades concatenadas
00:01:37
para emitir un acto administrativo sino
00:01:39
que también regula las relaciones entre
00:01:41
la administración y los gobernados o
00:01:44
ciudadanos el autor Iván Ramírez chavero
00:01:46
clasifica el procedimiento
00:01:48
administrativo de la siguiente manera
00:01:51
procedimientos internos y
00:01:53
externos en este caso el procedimiento
00:01:55
interno se refiere a la creación de
00:01:57
actos que surten sus efectos dentro del
00:01:59
propio órgano emisor por ejemplo la
00:02:02
imposición de una sanción administrativa
00:02:04
por el órgano interno de control
00:02:06
procedimientos previos y de ejecución el
00:02:10
procedimiento previo se refiere a las
00:02:11
fases necesarias para poder producir
00:02:13
adecuadamente el acto administrativo el
00:02:16
procedimiento de ejecución alude a las
00:02:18
etapas que han de efectuarse para que el
00:02:20
acto se cumpla ya sea voluntariamente o
00:02:23
mediante el uso del Poder coercitivo del
00:02:26
Estado procedimiento de oficio y a
00:02:28
petición de parte
00:02:30
encontramos que aunque el acto
00:02:32
administrativo es unilateral para que el
00:02:34
órgano actúe legalmente se necesita que
00:02:37
el particular ejerza su derecho de
00:02:38
petición consagrado en el artículo
00:02:41
octavo de la constitución política un
00:02:44
ejemplo de este tipo de Procedimientos
00:02:46
puede ser la solicitud para la
00:02:47
expedición de una licencia de conducir
00:02:50
en su caso un permiso Esta última
00:02:53
clasificación encuentra su fundamento en
00:02:55
el artículo 14 de la Ley Federal de
00:02:58
procedimiento administrativo
00:03:00
es importante mencionar que como en toda
00:03:03
materia del derecho la actuación
00:03:05
administrativa en el procedimiento
00:03:06
administrativo debe sujetarse a un
00:03:08
conjunto de principios los cuales
00:03:10
podemos encontrar en el artículo 13 de
00:03:13
la Ley Federal de procedimiento
00:03:15
administrativo dichos principios son los
00:03:18
siguientes principio de economía este
00:03:21
principio refiere a que toda actuación
00:03:23
administrativa en el procedimiento
00:03:25
deberá ser pronta y eficiente con el
00:03:27
estricto apego al derecho
00:03:30
principio de
00:03:31
celeridad consiste en que el
00:03:33
procedimiento administrativo se ha
00:03:35
resuelto de la manera más pronta posible
00:03:37
con la finalidad de que se otorgue al
00:03:39
administrado la certeza de saber los
00:03:41
momentos en que concluya cada etapa
00:03:43
procesal principio de
00:03:45
eficacia entendiendo la eficacia como la
00:03:47
capacidad de lograr el efecto que se
00:03:49
desea este principio se encuentra
00:03:51
encaminado a la plena realización del
00:03:53
fin que se busca con la actuación
00:03:55
administrativa además de llevar a cabo
00:03:57
el cumplimiento de las determinaciones y
00:03:58
resoluciones de los órganos
00:04:00
administrativos a pesar de poder ser
00:04:02
contraria a la voluntad de los
00:04:04
gobernados principio de
00:04:07
legalidad este principio tan conocido y
00:04:09
tan importante en cualquier rama de
00:04:11
derecho se refiere al estricto apego a
00:04:13
las disposiciones y ordenamientos
00:04:15
aplicables a la rama
00:04:17
administrativa este principio se
00:04:19
encuentra consagrado en el artículo 15
00:04:21
de la Ley Federal de procedimiento
00:04:23
administrativo principio de
00:04:26
publicidad esto quiere decir que las
00:04:28
actuaciones y resoluciones que lleve a
00:04:30
cabo o emita la administración pública
00:04:32
serán de carácter público y estarán a la
00:04:34
vista de terceros ajenos a dicho
00:04:37
procedimiento garantizando así la
00:04:39
transparencia e imparcialidad de la
00:04:41
Administración pública lo cual derivará
00:04:44
en el derecho a que cualquier persona
00:04:45
pueda asistir y conocer qué es lo que se
00:04:47
está determinando en su caso
00:04:50
juzgando cuestión sumamente relevante
00:04:53
pues la actuación administrativa es de
00:04:55
interés social principio de buena fe la
00:04:59
act administrativa gozará en todo
00:05:01
momento de la buena fe y legalidad en
00:05:03
sus
00:05:04
actuaciones puesto que de dichas
00:05:06
actuaciones derivará el bienestar y
00:05:08
desarrollo social con la información
00:05:10
presentada veamos Entonces lo relativo a
00:05:13
la iniciación del procedimiento
00:05:15
administrativo de acuerdo con lo
00:05:17
establecido en el artículo 42 de la ley
00:05:19
en estudio podemos observar que al igual
00:05:22
que todo procedimiento el inicio parte
00:05:24
desde un escrito inicial el cual deberá
00:05:27
estar dirigido a la administración
00:05:28
pública Federal directamente en sus
00:05:31
oficinas esto quiere decir que dichos
00:05:33
escritos deberán presentarse en el
00:05:35
órgano o dependencia de que se trate el
00:05:38
dispositivo menciona en sus oficinas
00:05:40
autorizadas lo cual hace referencia a la
00:05:42
Oficialía de partes de dichos órganos
00:05:46
Asimismo dispone que dichos escritos
00:05:48
pueden ser enviados por correo telefax o
00:05:51
electrónicamente Asimismo el citado
00:05:54
artículo dispone que para el caso de que
00:05:56
un escrito sea presentado ante un órgano
00:05:58
incompetente dicho órgano remitirá la
00:06:01
promoción al que sea competente en el
00:06:02
plazo de 5 días teniendo como fecha de
00:06:06
presentación la del acuse de recibo del
00:06:08
órgano incompetente a menos de que
00:06:10
exista un apercibimiento de tal
00:06:11
situación manifestando que el escrito
00:06:14
presentado se turnará en razón de
00:06:17
incompetencia continuando con nuestro
00:06:18
estudio el artículo 43 Establece que
00:06:21
ningún órgano podrá dejar de admitir
00:06:23
escrito o documentación alguna esto ha
00:06:26
unado a que la autoridad que reciba un
00:06:28
escrito de iente tendrá la obligación de
00:06:30
prevenir al promovente para que en el
00:06:33
término de 5 días subsane su petición ha
00:06:36
percibido que para el caso de no hacerlo
00:06:38
se declarará la caducidad de la
00:06:40
instancia Al iniciar el procedimiento la
00:06:43
autoridad administrativa podrá dictar
00:06:45
las medidas provisionales que considere
00:06:47
pertinentes al respecto el título quinto
00:06:50
denominado medidas de seguridad con un
00:06:53
capítulo único en su Artículo 81
00:06:55
Establece que estas medidas podrán ser
00:06:58
dictadas por la autoridad con la
00:07:00
finalidad de proteger la salud o la
00:07:01
seguridad pública De igual forma se
00:07:05
menciona que estas medidas conforme a
00:07:07
las visitas de verificación podrán
00:07:08
dictar estas medidas para corregir las
00:07:10
irregularidades encontradas las cuales
00:07:13
deberán tener estrictamente solo la
00:07:15
duración necesaria a fin de corregir
00:07:17
irregularidades encontradas en el
00:07:18
ejercicio de estas visitas de revisión
00:07:21
Pero qué son las visitas de
00:07:24
verificación de acuerdo con el artículo
00:07:26
62 de la ley son aquellas realizadas a
00:07:29
fin de comprobar el cumplimiento de las
00:07:31
disposiciones legales y
00:07:33
reglamentarias estas podrán ser
00:07:35
ordinarias y
00:07:37
extraordinarias ordinarias son aquellas
00:07:39
que se efectuarán en días y horas
00:07:41
hábiles y las extraordinarias en
00:07:43
cualquier tiempo para llevar a cabo
00:07:45
estas visitas deberán estar provistos de
00:07:48
orden escrita con firma autógrafa
00:07:49
expedida por la autoridad competente en
00:07:52
la que deberá precisarse el lugar que ha
00:07:54
de verificarse el objeto de la visita el
00:07:56
alcance y su fundamento tal como lo
00:07:59
dispone el artículo 66 de toda visita se
00:08:02
levantará acta
00:08:04
circunstanciada dicha acta se levantará
00:08:07
en presencia de dos testigos propuestos
00:08:09
por la persona con quien se hubiera
00:08:11
entendido la diligencia o por quien la
00:08:13
practique si aquella se hubiere negado a
00:08:15
proponerlos se podrán verificar bienes
00:08:18
personas y vehículos de transporte con
00:08:21
el objeto de comprobar el cumplimiento
00:08:22
de las disposiciones legales hay que
00:08:25
hacer mención de que la negativa de
00:08:27
firmar por parte de la persona visitada
00:08:29
dicha no constituye
00:08:31
nulidad continuando con la iniciación
00:08:34
del procedimiento administrativo se
00:08:36
menciona en la ley que los titulares de
00:08:37
los órganos administrativos ante Quienes
00:08:40
se inicie o se tramite cualquier
00:08:42
procedimiento administrativo de oficio o
00:08:44
a petición de parte interesada podrán
00:08:46
disponer su
00:08:47
acumulación Pero a qué se refiere con la
00:08:51
acumulación vamos a hacer un pequeño
00:08:53
paréntesis para poder aclarar este punto
00:08:55
ya que considero es importante sepas
00:08:57
Cuál es la interpretación y significado
00:08:59
de este
00:09:01
dispositivo muy bien tal y como la
00:09:04
palabra lo dice la acumulación se trata
00:09:06
simplemente de la Unión de diversas
00:09:08
peticiones que pudieran existir con el
00:09:10
mismo asunto para que de todo este
00:09:12
conjunto de instancias se dicte una sola
00:09:15
resolución en la práctica Suele suceder
00:09:18
Aunque parezca difícil de creer que
00:09:20
dolosa y frívolamente se presenten
00:09:22
diversas solicitudes a diferentes
00:09:24
órganos por lo que es lógico que ante
00:09:26
este tipo de actividades no proceda
00:09:29
alguno lo cual atiende al principio de
00:09:31
economía procesal entonces para cerrar
00:09:35
este paréntesis veamos lo que la
00:09:37
siguiente tesis expone que al rubro dice
00:09:40
acumulación de autos al tramitarla es
00:09:44
improcedente la suspensión del trámite
00:09:46
en el último expediente pendiente de
00:09:48
desahogarse si los restantes alcanzaron
00:09:50
el estado de resolución aplicación
00:09:52
supletoria del código Federal de
00:09:54
Procedimientos Civiles a la Ley Federal
00:09:56
de procedimiento
00:09:58
administrativo la figura procesal de la
00:10:00
acumulación de autos permite concentrar
00:10:02
en un solo procedimiento diversos
00:10:04
asuntos iniciados por separado y que por
00:10:07
su estrecha vinculación resulta
00:10:09
conveniente que se decidan en una sola
00:10:11
resolución tanto por economía procesal
00:10:14
como para evitar decisiones
00:10:15
contradictorias entre sí por su parte el
00:10:19
código Federal de Procedimientos Civiles
00:10:21
de aplicación supletoria a la Ley
00:10:23
Federal de procedimiento administrativo
00:10:25
no prevé una etapa específica para
00:10:27
decretar la acumulación dado que su
00:10:29
artículo 72 que es el único precepto que
00:10:32
alude a la oportunidad con la que
00:10:34
aquella puede plantearse prevé como
00:10:36
limitante que los juicios no estén para
00:10:38
verificarse la audiencia final lo
00:10:40
anterior implica que en los casos en los
00:10:43
que se tramiten dos o más asuntos
00:10:45
conexos ante una autoridad
00:10:46
administrativa o jurisdiccional que se
00:10:48
hayan iniciado y sustanciado por cuerda
00:10:51
separada en fechas distintas para
00:10:53
ordenar la acumulación de los
00:10:54
expedientes no se requiere que cada uno
00:10:56
de los procedimientos se desahogue en
00:10:58
todo todas sus etapas dado que ello
00:11:00
puede plantearse desde el momento en que
00:11:02
la autoridad abierta su estrecha
00:11:04
vinculación si esta continúa con la
00:11:06
sustanciación el numeral 75 del propio
00:11:10
código dispone que se suspenda su
00:11:12
trámite cuando esté para verificarse la
00:11:14
audiencia final Cabe señalar que
00:11:17
respecto de los procedimientos en que no
00:11:19
se prevea una audiencia final para
00:11:21
dictar el fallo relativo como acontece
00:11:23
con los previstos en la ley mencionada
00:11:25
la suspensión habrá de decretarse si se
00:11:27
agotaron todas las etapas procesales que
00:11:30
los conforman así por razones de orden
00:11:33
lógico si los procedimientos materia de
00:11:35
acumulación continúan sustanci la
00:11:38
suspensión en ellos se encontrará
00:11:40
condicionada a que al menos uno esté
00:11:42
pendiente de desahogarse en todas sus
00:11:43
etapas
00:11:44
procesales En consecuencia es
00:11:47
improcedente la suspensión del trámite
00:11:49
en el último expediente pendiente de
00:11:51
desahogarse si los restantes alcanzaron
00:11:53
el estado de
00:11:55
resolución Qué te ha parecido hasta este
00:11:57
momento lo antes expuesto déjame conocer
00:12:01
tu opinión o cualquier duda en la caja
00:12:03
de comentarios o enviando un mensaje a
00:12:05
mi correo electrónico el cual dejaré en
00:12:07
la descripción de este video y al final
00:12:09
del mismo Bueno ahora que dejamos claro
00:12:12
este punto pasemos a ver lo relativo a
00:12:14
las obligaciones impuestas a los órganos
00:12:17
administrativos una vez presentado un
00:12:19
escrito inicial de acuerdo con lo que
00:12:22
establece el artículo 46 de la ya citada
00:12:25
ley en el despacho de los expedientes se
00:12:27
guardará y respetará el orden riguroso
00:12:29
de tramitación en los asuntos de la
00:12:31
misma
00:12:32
naturaleza su alteración del orden solo
00:12:35
podrá realizarse cuando exista causa
00:12:37
debidamente motivada de la que quede
00:12:39
constancia dado el caso de
00:12:41
incumplimiento continúa el mismo
00:12:43
dispositivo la responsables responderán
00:12:46
valga la redundancia de dicha omisión
00:12:49
los siguientes artículos prevén lo
00:12:51
relativo a los incidentes lo cual
00:12:53
dejaremos para desarrollarlo
00:12:54
posteriormente en otro video
00:12:57
exclusivo continuemos con las las
00:12:59
notificaciones y sus
00:13:00
impugnaciones como todos sabemos las
00:13:03
notificaciones son actos formales
00:13:05
Mediante los que se ponen del
00:13:06
conocimiento a las partes actos
00:13:08
procesales mediante citatorios
00:13:10
emplazamientos solicitudes de informes
00:13:13
documentos o bien la resoluciones
00:13:15
administrativas definitivas dictadas por
00:13:17
la autoridad
00:13:18
correspondiente de acuerdo con el
00:13:20
artículo 35 de la ley las notificaciones
00:13:23
podrán llevarse a cabo personalmente
00:13:25
directo con el interesado y en el
00:13:27
domicilio del mismo o en el último que
00:13:29
se haya señalado para efectos de recibir
00:13:31
y escuchar
00:13:33
notificaciones recabando la firma de la
00:13:35
persona con quien se entienda la
00:13:37
notificación dado el caso de existir
00:13:39
negativa en la firma esta no afectará la
00:13:42
validez de la notificación asentándose
00:13:44
la razón
00:13:45
correspondiente en el supuesto de que en
00:13:47
el domicilio no se encuentre persona
00:13:49
alguna o bien se trate de una persona
00:13:51
diferente a la buscada o su
00:13:53
representante legal se procederá a fijar
00:13:55
o dejar citatorio posterior a ello una
00:13:59
vez fijado o entregado el citatorio la
00:14:01
diligencia se entenderá con la persona
00:14:03
que se encuentre en ese momento y y en
00:14:05
caso de negarse a recibirlo o no
00:14:07
encontrar a nadie en el domicilio se
00:14:09
fijará la notificación asentándose la
00:14:12
razón que por ley
00:14:13
corresponda por oficio entregado por
00:14:16
mensajería o correo certificado o bien
00:14:19
por medios electrónicos cuando el
00:14:20
promovente así lo haya manifestado
00:14:22
expresamente y siempre y cuando pueda
00:14:24
comprobarse fecie la recepción serán
00:14:28
pored cuando se desconozca el domicilio
00:14:30
del interesado cuando la persona a quien
00:14:32
deba notificarse haya desaparecido se
00:14:35
ignore su domicilio o se encuentra en el
00:14:37
extranjero sin haber dejado
00:14:38
representante legal las publicaciones
00:14:41
contendrán un resumen de las
00:14:43
resoluciones a notificar las cuales
00:14:45
deberán publicarse por tres días
00:14:47
consecutivos en el diario oficial de la
00:14:49
federación y en uno de los periódicos de
00:14:52
mayor
00:14:52
circulación en cuanto a los términos el
00:14:55
artículo 38 de la ley señala que
00:14:57
tratándose de de notificaciones
00:14:59
personales surtirán sus efectos el mismo
00:15:02
día en que se practiquen y comenzará a
00:15:04
correr a partir del día siguiente de
00:15:05
aquel en que haya surtido sus efectos la
00:15:08
notificación cuando sean por correo
00:15:10
certificado o medios electrónicos se
00:15:13
tendrá como fecha de notificación el que
00:15:15
conste en el acuse de recibo tratándose
00:15:18
de notificaciones por edictos se tendrá
00:15:21
por fecha de notificación el de la
00:15:23
última publicación en el diario oficial
00:15:25
de la federación y en la hecha en
00:15:27
periódicos como plazo máximo para
00:15:29
notificar se establece un máximo de 10
00:15:32
días a partir de la resolución o acto a
00:15:34
notificar todo ello fundado y motivado
00:15:37
mencionando si la indicación es
00:15:39
definitiva o no así como el recurso que
00:15:41
contra dicha actuación proceda el órgano
00:15:44
y plazo de presentación esto último tal
00:15:47
y como lo establece el artículo 39 de la
00:15:50
ley muy bien una vez tratado lo más
00:15:53
relevante veamos ahora la impugnación de
00:15:56
notificaciones las aciones irregulares
00:15:59
podrán impugnarse cuando se trate de
00:16:01
actos administrativos rees y que no
00:16:03
hayan sido notificados o no se
00:16:05
encuentran ajustados a derecho para lo
00:16:08
cual deberán seguirse estas reglas si el
00:16:12
particular Afirma conocer el acto
00:16:13
administrativo materia de la
00:16:15
notificación la impugnación será valer
00:16:17
mediante la interposición del recurso
00:16:19
administrativo que corresponda además se
00:16:22
manifestará la fecha en que lo conoció
00:16:24
En caso de que también se impugne el
00:16:26
acto administrativo los agrav se
00:16:28
expresarán en el citado recurso
00:16:30
conjuntamente con los que se acumulen
00:16:32
contra la
00:16:33
notificación si el particular niega
00:16:35
conocer el acto manifestará tal
00:16:38
desconocimiento interponiendo el recurso
00:16:40
administrativo correspondiente ante la
00:16:42
autoridad competente para notificar
00:16:44
dicho acto la autoridad le dará a
00:16:47
conocer el acto junto con la
00:16:48
notificación que de el mismo se hubiere
00:16:50
practicado para lo cual el particular
00:16:52
señalará en el escrito del propio
00:16:54
recurso el domicilio en el que se le
00:16:56
deba dar a conocer y el nombre de la
00:16:58
persona autorizada para recibirlo en su
00:17:00
caso si no se señalar domicilio la
00:17:03
autoridad dará a conocer el acto
00:17:05
mediante notificación por edictos si no
00:17:08
se señalar persona autorizada se hará
00:17:10
mediante notificación personal el
00:17:13
particular tendrá un plazo de 15 días a
00:17:15
partir del día siguiente a aquel en que
00:17:17
la autoridad se los halla dado a conocer
00:17:19
para ampliar el recurso administrativo
00:17:21
impugnando el acto y su notificación o
00:17:24
cualquiera de ellos según sea el caso la
00:17:27
autoridad ente para resolver el recurso
00:17:29
administrativo estudiará los agravios
00:17:32
expresados contra la notificación
00:17:34
previamente al examen de la impugnación
00:17:36
que en su caso se haya hecho del acto
00:17:38
administrativo
00:17:40
y si se resuelve que no hubo
00:17:42
notificación o que esta no fue efectuada
00:17:45
conforme a derecho se tendrá al
00:17:47
recurrente como sabedor del acto
00:17:49
administrativo desde la fecha en que
00:17:51
manifestó conocerlo o en que se le dio a
00:17:53
conocer quedando sin efectos todo lo
00:17:55
actuado con base en aquella y procederá
00:17:57
al estudio de de la impugnación que
00:17:59
hubiese formulado en contra de dicho
00:18:01
acto si resuelve que la notificación fue
00:18:04
legalmente practicada y como
00:18:06
consecuencia de ello la impugnación
00:18:08
contra el acto se interpuso
00:18:09
extemporáneamente desechará dicho
00:18:12
recurso perfecto ahora que hemos
00:18:15
superado lo más relevante respecto a las
00:18:17
notificaciones pasemos ahora a conocer
00:18:19
lo que concierne a las pruebas en los
00:18:22
procedimientos administrativos se
00:18:24
admitirán toda clase de pruebas excepto
00:18:26
la confesional de autoridad
00:18:29
esto responde a que es prácticamente
00:18:31
imposible de facto que el titular del
00:18:34
organismo o dependencia acuda
00:18:35
personalmente a confesar en virtud de
00:18:37
las atribuciones que por ley le han sido
00:18:40
conferidas continuando no se considerará
00:18:43
comprendida en esta prohib visión la
00:18:44
petición de informes a las autoridades
00:18:47
administrativas respecto de hechos que
00:18:49
consten en sus expedientes o de
00:18:51
documentos agregados a ellos puesto que
00:18:53
la autoridad podrá allegarse de los
00:18:55
medios de prueba que considere
00:18:56
necesarios sin más limita que las
00:18:58
establecidas en la ley La autoridad de
00:19:01
la Administración pública ante quien se
00:19:03
tramite un procedimiento administrativo
00:19:05
deberá acordar sobre la admisión de las
00:19:07
pruebas
00:19:09
ofrecidas solo podrá rechazar aquellas
00:19:11
que no fuesen ofrecidas conforme a
00:19:13
derecho o bien no tengan relación con el
00:19:15
fondo del asunto sean improcedentes e
00:19:17
innecesarias o contrarias a la moral y
00:19:19
al derecho como en cualquier otra
00:19:22
materia esta actuación debe estar
00:19:24
fundada y motivada esto último encuentra
00:19:27
su fundamento en los artículos 49 y 50
00:19:30
de la ley en
00:19:31
estudio continuemos no sin antes
00:19:33
recordar que nos encontramos en un
00:19:35
procedimiento
00:19:36
administrativo dicho lo anterior debemos
00:19:39
saber que de conformidad con el artículo
00:19:41
artículo 51 el desahogo de las pruebas
00:19:44
ofrecidas y admitidas se realizará
00:19:46
dentro de un plazo no menor a tres ni
00:19:48
mayor de 15 días contados a partir de su
00:19:51
admisión para el caso de que se
00:19:53
ofreciesen pruebas que ameriten su
00:19:55
posterior desahogo la autoridad
00:19:57
concederá al interesado un plazo no
00:19:59
menor de ocho ni mayor de 15 días para
00:20:02
tal efecto para el caso de las pruebas
00:20:05
supervenientes estas podrán presentarse
00:20:07
siempre que no se haya emitido la
00:20:09
resolución
00:20:10
definitiva una vez concluida la
00:20:12
tramitación del procedimiento
00:20:13
administrativo y el desahogo de pruebas
00:20:16
antes de dictar resolución las
00:20:18
actuaciones deben ponerse a disposición
00:20:20
de los interesados para que formulen sus
00:20:22
alegatos en un término no mayor a 5 días
00:20:25
los que serán tomados en cuenta al
00:20:27
dictar la
00:20:28
resolución contrario sensu de no haber
00:20:31
alegatos el procedimiento se tendrá por
00:20:33
concluido con el dictado de la sentencia
00:20:36
por supuesto esto último con fundamento
00:20:39
en el artículo 59 de la ley ahora bien
00:20:43
la resolución que ponga fin al
00:20:45
procedimiento decidirá todas las
00:20:46
cuestiones planteadas por los
00:20:48
interesados y de oficio las derivadas
00:20:50
del mismo en su caso el órgano
00:20:52
administrativo competente podrá decidir
00:20:54
sobre las mismas haciendo del
00:20:56
conocimiento a las partes por un plazo
00:20:58
no mayor a 10 días para que manifiesten
00:21:01
lo que a su derecho convenga y aporten
00:21:03
las pruebas que estimen
00:21:05
convenientes ahora que ya estamos cerca
00:21:07
del final debemos mencionar que la
00:21:09
terminación del procedimiento
00:21:11
administrativo se puede presentar por
00:21:13
las siguientes
00:21:14
causas mediante la resolución o
00:21:16
sentencia que se dicte por
00:21:19
desistimiento para tener mayor
00:21:21
referencia de lo anterior tomaremos lo
00:21:23
que el artículo 58 de la ley dispone
00:21:26
Pues todo interesado por podrá
00:21:28
desistirse de su solicitud o renunciar a
00:21:30
sus derechos cuando estos no sean de
00:21:32
orden e interés públicos si el escrito
00:21:35
de iniciación se hubiere formulado por
00:21:37
dos o más interesados el desistimiento
00:21:40
solo afectará a aquel que lo hubiese
00:21:42
formulado esto qué quiere decir que
00:21:46
solamente se tendrá por desistida a la
00:21:48
persona quien para tal efecto así lo
00:21:50
manifieste sin que produzca
00:21:51
sobreseimiento el asunto pues quedan
00:21:53
salvos los derechos de los demás
00:21:55
demandantes la siguiente causa es por
00:21:58
renuncia expresa del derecho en que su
00:22:00
solicitud se funde siempre y cuando no
00:22:02
esté prohibida por ley por caducidad de
00:22:05
la instancia sobreseimiento O
00:22:07
imposibilidad material de continuarlo
00:22:10
por convenio celebrado entre las partes
00:22:13
siempre y cuando no transgreda la moral
00:22:15
o sea contrario a derecho hay que
00:22:17
recordar que esta última forma procesal
00:22:19
de resolución de conflictos es retomada
00:22:22
en todas las materias del derecho por lo
00:22:24
que siempre la verás en las leyes como
00:22:25
medio de solución de conflictos mejor
00:22:28
conocido como
00:22:29
Mask debemos poner atención al segundo
00:22:32
párrafo del artículo 59 ya que este
00:22:35
dispositivo Establece que en los
00:22:37
procedimientos tramitados a solicitud
00:22:39
del interesado la resolución deberá ser
00:22:41
congruente con las peticiones formuladas
00:22:43
por este sin perjuicio de la potestad de
00:22:45
la Administración pública Federal de
00:22:47
iniciar de oficio un nuevo
00:22:49
procedimiento esto último es referente
00:22:52
al juicio de lesividad del cual
00:22:54
estaremos hablando en otro video para
00:22:56
finalizar este tema vamos a estudiar lo
00:22:59
relativo al recurso de revisión para
00:23:01
ello tomaremos lo establecido en el
00:23:03
artículo 83 de la ley los interesados
00:23:07
afectados por los actos y resoluciones
00:23:09
de las autoridades administrativas que
00:23:11
pongan fin al procedimiento
00:23:13
administrativo podrán interponer el
00:23:15
recurso de revisión o cuando proceda
00:23:17
intentar la vía jurisdiccional que
00:23:19
corresponda para el casos de actos de
00:23:22
autoridad de los organismos
00:23:23
descentralizados federales de los
00:23:25
servicios que el estado presta De manera
00:23:27
exclusiva a través de dichos organismos
00:23:29
y de los contratos que los particulares
00:23:31
pueden celebrar con aquellos que no se
00:23:33
refieran a las materias excluidas en
00:23:35
esta ley el recurso de revisión también
00:23:38
podrá interponerse en contra de actos y
00:23:40
resoluciones que pongan fin al
00:23:42
procedimiento
00:23:43
administrativo el plazo para interponer
00:23:45
el recurso de revisión será de 15 días
00:23:48
contados a partir del día siguiente a
00:23:50
aquel en que hubiere surtido efectos la
00:23:52
notificación de la resolución que se
00:23:54
recurra el escrito deberá presentarse
00:23:56
ante la autoridad que emitió el acto
00:23:58
impugnado y será resuelto por el
00:24:00
superior jerárquico salvo que el acto
00:24:02
impugnado provenga del titular de una
00:24:04
dependencia en cuyo caso será resuelto
00:24:07
por el mismo el escrito mediante el cual
00:24:10
se interpone el recurso de revisión
00:24:12
deberá contener lo siguiente el órgano
00:24:15
administrativo a quien se dirige el
00:24:18
nombre del recurrente y tercero
00:24:20
perjudicado si lo hubiere así como el
00:24:22
lugar que señale para
00:24:24
notificaciones el acto que se recurre y
00:24:27
fecha en que se le notificó o tuvo
00:24:29
conocimiento del mismo agravios que se
00:24:32
causan copia de la resolución o acto que
00:24:35
se impugna y de la notificación
00:24:37
correspondiente tratándose de actos que
00:24:40
por no haberse resuelto en tiempo se
00:24:41
entiendan negados deberá acompañarse el
00:24:44
escrito de iniciación del procedimiento
00:24:46
o el documento sobre el cual no hubiere
00:24:48
recaído resolución alguna y finalmente
00:24:52
deberá hacerse mención de las pruebas
00:24:54
que ofrezca las cuales deberán tener
00:24:56
relación directa con la resolución
00:24:57
impugnada debiendo acompañar las
00:24:59
documentales con que cuente incluidas
00:25:01
las que acrediten su personalidad cuando
00:25:03
actúen en nombre de otro o de personas
00:25:06
morales ahora bien de acuerdo con el
00:25:09
artículo 87 de la ley la interposición
00:25:12
del recurso suspenderá la ejecución del
00:25:14
acto impugnado siempre y cuando lo
00:25:17
solicite expresamente el
00:25:19
recurrente sea procedente el recurso no
00:25:23
se siga perjuicio al interés social o se
00:25:25
contravengan disposiciones de orden
00:25:27
público
00:25:28
no se ocasionen daños o perjuicios a
00:25:30
terceros A menos que se garanticen estos
00:25:33
para el caso de no obtener resolución
00:25:35
favorable y tratándose de multas el
00:25:38
recurrente garantice el crédito fiscal
00:25:41
en cualesquiera de las formas prevista
00:25:43
en el código fiscal de la federación la
00:25:46
autoridad deberá acordar en su caso la
00:25:49
suspensión o la denegación de la
00:25:50
suspensión dentro de los c días
00:25:52
siguientes a su
00:25:54
interposición contrario senso a lo que
00:25:56
mencionamos el curso se tendrá por no
00:25:58
Interpuesto y se desechará cuando se
00:26:01
presente fuera de plazo que la ley fija
00:26:03
para su presentación no se haya
00:26:06
acompañado la documentación que acredite
00:26:08
la personalidad del recurrente y cuando
00:26:11
no aparezca suscrito por quien deba
00:26:13
hacerlo A menos que se firme antes del
00:26:15
vencimiento del plazo para
00:26:17
interponerlo Por otra parte se desechará
00:26:20
por improcedente el recurso contra actos
00:26:23
que sean materia de otro recurso y que
00:26:25
se encuentre pendiente de resolución
00:26:27
promovido por el mismo recurrente y por
00:26:29
el propio acto impugnado contra actos
00:26:32
que no afecten los intereses jurídicos
00:26:34
del promovente contra actos consumados
00:26:37
de un modo irreparable contra actos
00:26:40
consentidos
00:26:41
expresamente cuando se esté tramitando
00:26:44
ante los tribunales algún recurso
00:26:45
Interpuesto por el promovente que pueda
00:26:47
tener por efecto modificar revocar o
00:26:50
nulificar el acto respectivo en cuanto
00:26:53
al sobreseimiento del recurso el
00:26:55
artículo 90 de la ley Establece que se
00:26:57
presentará cuando el promovente se
00:27:00
desiste expresamente el agraviado
00:27:03
fallezca siempre y cuando el acto solo
00:27:05
afecta su persona cuando surja alguna de
00:27:08
las causas de
00:27:09
improcedencia cuando hayan cesado los
00:27:12
efectos del acto
00:27:13
respectivo por falta de objeto o materia
00:27:16
del acto y no se Probaré la existencia
00:27:19
del acto la autoridad encargada de
00:27:22
resolver el recurso podrá desecharlo por
00:27:24
improcedente o
00:27:26
sobreseer con confirmar el acto
00:27:28
impugnado declarar la inexistencia
00:27:31
nulidad o anulabilidad del acto
00:27:33
impugnado o revocarlo total o
00:27:36
parcialmente modificar u ordenar la
00:27:38
modificación del acto impugnado dictar u
00:27:41
ordenar expedir uno nuevo que lo
00:27:42
sustituya cuando el recurso Interpuesto
00:27:45
sea total o parcialmente resuelto a
00:27:47
favor del recurrente la resolución del
00:27:50
recurso deberá fundarse en derecho en el
00:27:52
que se examinarán todos y cada uno de
00:27:54
los agravios hechos valer por el
00:27:56
recurrente teniendo la la autoridad la
00:27:58
Facultad de invocar hechos notorios pero
00:28:01
cuando uno de los agravios sea
00:28:03
suficiente para desvirtuar la validez
00:28:05
del acto impugnado bastará con el examen
00:28:07
de dicho punto la autoridad En beneficio
00:28:10
del recurrente podrá corregir los
00:28:12
errores que advierta en la cita de los
00:28:14
preceptos que se consideren violados y
00:28:16
examinar en su conjunto Los agravios así
00:28:19
como los demás razonamientos del
00:28:20
recurrente a fin de resolver la cuestión
00:28:22
efectivamente planteada pero sin cambiar
00:28:25
los hechos expuestos en el recurso con
00:28:28
ello se hace referencia a que durante la
00:28:30
sustanciación del recurso habrá
00:28:32
suplencia ante la deficiencia de la
00:28:34
queja Igualmente deberá dejar sin
00:28:37
efectos legales los actos
00:28:39
administrativos cuando advierta una
00:28:41
ilegalidad manifiesta y los agravios
00:28:43
sean insuficientes pero deberá fundar
00:28:45
cuidadosamente los motivos por los que
00:28:47
consideró ilegal el acto y precisar el
00:28:49
alcance en la
00:28:51
resolución si la resolución ordena
00:28:53
realizar un determinado acto o iniciar
00:28:56
la reposición del procedimiento deberá
00:28:58
cumplirse en un plazo de 4 meses por
00:29:01
otro lado el artículo 93 de la ley se
00:29:04
establece que no podrán revocarse o
00:29:07
modificar los actos administrativos en
00:29:09
la parte no impugnada por el recurrente
00:29:12
la resolución expresará con Claridad los
00:29:14
actos que se modifiquen Y si la
00:29:16
modificación es parcial se precisará
00:29:18
Esta bueno con esto concluiremos el
00:29:21
presente video si el contenido fue de tu
00:29:24
agrado No olvides dejar tu pulgar arriba
00:29:27
suscribirte y recomendar este canal a
00:29:29
aquellas y aquellos interesados en
00:29:31
conocer más sobre esta hermosa materia
00:29:33
del derecho asim mismo aprovecho la
00:29:36
ocasión para agradecer a los ya 300
00:29:38
suscriptores del Canal sin duda su apoyo
00:29:41
me motiva a continuar compartiéndoles
00:29:43
este tipo de
00:29:45
contenido Muchas gracias por otra parte
00:29:48
y como aviso importante se encuentra en
00:29:51
proyecto de este canal incorporar la
00:29:52
materia electoral ya que dicha materia
00:29:56
guarda una peculiar relación con el
00:29:58
derecho
00:29:59
administrativo te gustaría conocer la
00:30:01
materia electoral no dudes en hacérmelo
00:30:04
saber en los
00:30:05
comentarios recuerden si existen
00:30:08
propuestas sugerencia o es tu deseo se
00:30:10
ha desarrollado algún tema en específico
00:30:13
puedes hacérmelo saber comentando quizá
00:30:16
a veces pueda demorarme un poco pero en
00:30:18
la brevedad posible siempre estaré
00:30:20
contestándote De igual forma también
00:30:23
puedes enviarme un mensaje al correo
00:30:25
electrónico que ahora
00:30:28
sin más que agregar me despido de
00:30:31
ustedes hasta
00:30:34
pronto