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qué tal colega te doy la bienvenida a un
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nuevo video de jurídicamente en esta
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ocasión vamos a ver un tema de interés
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que me han pedido en muchos comentarios
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del video sobre la reforma judicial en
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este video te expondré la comparación
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del modelo de elección de jueces actual
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y el que propone la reforma este video
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Se realiza sin sesgos u opiniones
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personales con la intención de que te
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formes un criterio propio y puedas
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emitir una opinión informada Así que
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comenzamos empecemos primero por aclarar
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que este video me centraré lo que se
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prevé para elección de jueces Y
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magistrados actualmente previo a la
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reforma solo de nivel Federal Ya que en
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el fuero común implicaría un proceso
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comparativo más complejo estado por
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estado primero Debemos entender un
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concepto importante en la forma en que
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el consejo de la judicatura Federal
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elige jueces actualmente el cual es la
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carrera judicial este concepto es
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impulsado en la ley de carrera judicial
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del poder judicial de la federación en
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esta ley se define como un sistema
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institucional encargado de regular los
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procesos de ingreso formación promoción
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evaluación del desempeño permanencia y
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separación de las personas servidoras
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públicas de carácter jurisdiccional del
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poder judicial de la federación basado
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en el mérito y la igualdad real de
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oportunidades en la ley de carrera
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judicial del poder judicial de la
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federación se establecen diferentes
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categorías dentro de esta carrera
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judicial iniciando como oficial judicial
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actuario secretarios proyectistas de de
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juzgado de distrito asistente de
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constancias y registro de juez de
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control o de enjuiciamiento así como
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secretarios instructores de constancias
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de audiencias de diligencias y de
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instrucción secretarios de juzgado de
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distrito secretarios proyectistas de
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tribunal colegiado asistentes de
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constancias y registros de tribunal de
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alzada secretario de tribunal de
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circuito y secretarios de estudio y
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cuenta de las salas regionales
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subsecretarios de acuerdos de salas
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secretarios de acuerdos de salas
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secretarios de estudio y cuenta de
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ministro y secretarios instructores de
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la sala superior del tribunal electoral
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subsecretario general de acuerdos de la
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suprema corte o de la sala superior del
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tribunal electoral secretario general de
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acuerdos de la suprema corte o de la
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sala superior del tribunal electoral
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juez de distrito y magistrado de
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circuito los ministros no son incluidos
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en la ley de carrera judicial pues su
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elección y designación es un proceso
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establecido en la Constitución de forma
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diversa ahora bien en este escalafón no
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es lineal ya que la mayoría de los
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puestos establecidos como secretarios y
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subsecretarios pueden acceder a la misma
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categoría como jueces de distrito
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mediante concurso de oposición para
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ingresar a la carrera judicial la ley de
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carrera judicial establece cuatro
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supuestos uno a través de concursos
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abiertos de oposición para ingresar como
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oficial judicial dos mediante concurso
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abierto De oposición para Designar
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jueces de distrito tres a través de la
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designación en alguna de las categorías
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de carrera judicial per pertenecientes a
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la suprema corte y al tribunal electoral
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esta fracción no es Clara en la ley de
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carrera judicial cuatro a través de la
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designación como secretario proyectista
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de tribunal colegiado o de juzgado de
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distrito y esta fracción tampoco es muy
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clara en la ley de carrera judicial es
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importante mencionar que los concursos
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de oposición que establece la ley de
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carrera judicial se establecen como
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abiertos e internos cuando es un
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concurso abierto significa que cualquier
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persona ajena al poder judicial puede
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participar en el proceso de selección y
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exámenes para acceder a la habilitación
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Para ocupar el cargo cuando es un
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concurso interno significa que solo
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personas que ya pertenecen al poder
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judicial pueden participar en dicha
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convocatoria también hay concursos
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escolarizados y no escolarizados los
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escolarizados inician con un proceso de
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selección con un cuestionario
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relacionado a las materias que se
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relacionen con la función de la
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categoría a elegir posteriormente las
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calificaciones más altas acceden al
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curso de formación de tiempo completo
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que imparte la escuela judicial al
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concluir el curso se somete a una nueva
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evaluación donde se podrán hacer
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exámenes orales resolución de casos
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prácticos audiencias simuladas o
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cualquier método que la escuela judicial
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estime idónea para evaluar finalmente se
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emitirá el acta con las personas
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vencedoras de dicho concurso en la
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modalidad no escolarizada también se
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inicia por una evaluación con un
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cuestionario relacionado a las materias
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que se relacionen con la función de la
00:04:30
categoría a elegir posteriormente las
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calificaciones más altas se someten a
00:04:34
una nueva evaluación donde un Jurado
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determinará Quiénes Serán las personas
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vencedoras en este punto es importante
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Hacer una aclaración ya que salvo para
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los concursos abiertos e internos de
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oposición para la categoría de jueces de
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distrito y las internas para magistrados
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de circuito las personas ganadoras en un
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concurso de oposición para cualquier
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otra categoría se establecen como
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habilitadas es decir no entran de
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inmediato a la categoría que ganaron ya
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que debe ser designado por un juez o
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magistrado ya que estos tienen la
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Facultad de integrar su equipo de
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trabajo así entonces para ser juez de
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distrito actualmente se requiere
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ingresar por medio de un concurso
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abierto De oposición o mediante un
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concurso interno siendo en este segundo
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punto solo posible para personas de
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categoría como secretarios o
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subsecretarios los jueces del distrito
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establecen la constitución en su
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Artículo 97 que duran 6 años en su
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encargo al término del cual se da un
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proceso de revisión por parte del
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Consejo de la judicatura Federal si se
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ratifica su cargo ya no podrán ser
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removidos salvo casos excepcionales que
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marca la propia legislación los
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requisitos que establece la ley de
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carrera judicial en su Artículo 12 dicta
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que para ser juez de distrito se
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requiere ser ciudadano mexicano por
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nacimiento que no se adquiera otra
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nacionalidad estar en pleno ejercicio de
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sus derechos ser mayor de 30 años contar
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con título de licenciada o licenciado en
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derecho expedidos legalmente un m mínimo
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de 5 años de ejercicio profesional gozar
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de buena reputación y no haber sido
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condenada o condenado por delito doloso
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con sanción privativa de libertad para
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ser magistrado de tribunal colegiado se
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requiere ingresar por medio de concurso
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interno siendo accesible para jueces del
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distrito y algunas categorías de
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secretarios Como por ejemplo los
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secretarios de la suprema corte los
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magistrados de tribunal colegiado se
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someten a la misma duración de 6 años
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con la opción de ser ratificados y por
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consecuencia no tener un periodo
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definido de tiempo en su cargo los
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requisitos que establece la ley de
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carrera judicial en su artículo 11 dice
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que para ser magistrado de circuito se
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requiere ser ciudadano mexicano por
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nacimiento que no se adquiera otra
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nacionalidad y estar en pleno goce y
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ejercicio de sus derechos civiles y
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políticos mayor de 35 años gozar de
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buena reputación no haber sido condenado
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por delito doloso con sanción privativa
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de la libertad contar con título de
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licenciado o licenciada en derecho
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expedido legalmente y práctica
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profesional de cuando menos 5 años y el
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requisito de carrera judicial ya que
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esta categoría solo es accesible por
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medio de concurso interno es importante
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establecer que esta ley de carrera
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judicial fue publicada en el año 2021
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por lo que mucho de su implementación es
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relativamente reciente no obstante
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muchos de sus procesos mencionados Ya
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habían sido implementados anteriormente
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ahora Hagamos una comparativa carrera
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judicial reforma judicial requisitos en
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carrera judicial tenemos que son jueces
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ciudadano mexicano por nacimiento que
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que no se adquiera otra nacionalidad
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estar en pleno ejercicio de sus derechos
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ser mayor de 30 años contar con título
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de licenciado o licenciado en derecho
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expedido legalmente un mínimo de 5 años
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de ejercicio profesional gozar de buena
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reputación y no haber sido condenado por
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delito doloso con sanción privativa de
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libertad magistrados 35 años y carrera
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judicial en la reforma judicial
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requieren ser mexicano en pleno
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ejercicio de derechos políticos tener
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título de licenciado en derecho con
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promedio general de ocho o su
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equivalente y promedio de nueve o su
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equivalente en las materias relacionadas
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con el cargo al que se postula así como
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al menos 5 años de actividad profesional
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haber residido en el país los do años
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anteriores a la convocatoria no haber
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sido secretario de estado fiscal general
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de la república senador diputado federal
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ni titular del poder ejecutivo de alguna
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entidad federativa durante el año previo
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a la convocatoria en cuanto a la
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selección de carrera judicial se
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requiere un concurso de oposición
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abierto o interno evaluación con un
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cuestionario relacionado a las materias
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que se relacionen con la función de la
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categoría elegir posteriormente las
00:08:30
calificaciones más altas se someten a
00:08:31
una nueva evaluación donde un Jurado
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determinará Quiénes Serán las personas
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vencedoras la selección por cuanto a la
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reforma judicial requiere presentar un
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ensayo de tres cuartillas donde
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justifiquen los motivos de su
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postulación y remitan cinco cartas de
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referencia de sus vecinos colegas o
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personas que respalden su idoneidad para
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desempeñar el cargo se integrará en cada
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poder de la unión un comité de
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evaluación se evaluará el cumplimiento
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de los requisitos constitucionales y
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legales e identificará a las personas
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mejor evaluadas que cuenten con los
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conocimientos técnicos necesarios para
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el desempeño del cargo y se hayan
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distinguido por su honestidad buena fama
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pública competencia y antecedentes
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académicos y profesionales en el
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ejercicio de la actividad jurídica el
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comité de evaluación integrará un
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listado de las seis personas mejor
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evaluadas para cada Cargo en los casos
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de magistradas y magistrados de circuito
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y juezas y jueces de distrito
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posteriormente depurará dicho listado
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mediante insaculación Pública para
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ajustarlo al número de postulaciones
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para cada cargo y pasará a votación para
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la elección popular la duración en el
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cargo En el caso de carrera judicial son
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6 años sujetos a ratificación para
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duración indeterminada y en la reforma
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se propon 9 años con opción a reelección
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y bueno este es el comparativo de la
00:09:45
elección actual de jueces y la propuesta
00:09:47
de reforma constitucional Te agradecería
00:09:49
mucho que dado el esfuerzo dado en este
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video lo recompenses con tu suscripción
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al Canal y bueno por este video sería
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todo si te gustó Y fue de utilidad No
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