M3 Autonomía Progresiva

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https://www.youtube.com/watch?v=vu3sIIo_F9A

Résumé

TLDREl contenido analiza la evolución del concepto de capacidad en el derecho civil, destacando el cambio del principio de incapacidad hacia la autonomía progresiva. Se menciona cómo el nuevo código civil, vigente desde 2015, reconoce la capacidad de los niños y adolescentes, permitiendo que tomen decisiones según su grado de madurez. Además, se discute el derecho a la vida familiar y la responsabilidad parental de los adolescentes, enfatizando que ahora pueden ejercer derechos sobre sus hijos. Se subraya la importancia del consentimiento informado y la participación de los adolescentes en decisiones que les conciernen, así como la posibilidad de reclamar derechos en caso de conflicto con sus representantes legales.

A retenir

  • 📜 El nuevo código civil promueve la autonomía progresiva.
  • 👶 Todos son considerados capaces, salvo excepciones.
  • 👩‍👧‍👦 Los adolescentes pueden ejercer responsabilidad parental.
  • ⚖️ Se requiere consentimiento para actos invasivos en salud.
  • 🧑‍⚖️ Los niños pueden reclamar derechos con asistencia letrada.
  • 👵 Los abuelos pueden oponerse a decisiones riesgosas.
  • 📝 La madurez se presume, salvo en casos específicos.
  • 🤝 Consentimiento informado es clave en decisiones de salud.
  • 🏛️ Nuevos modelos de familia son reconocidos en el derecho.
  • 🔍 La normativa debe influir en otros ámbitos legales.

Chronologie

  • 00:00:00 - 00:05:00

    U ovom segmentu se raspravlja o konceptu progresivne autonomije i pravu na porodični život, naglašavajući promene u zakonodavstvu koje su se dogodile od prethodnog građanskog zakonika. Prema novom zakoniku, svi su sposobni osim onih koji ne mogu izraziti svoju volju, a zastupnici moraju imati saglasnost osobe za bilo kakve pravne radnje. Takođe se uvodi ideja da deca mogu donositi odluke na osnovu svoje zrelosti, a ne samo na osnovu godina, što omogućava veću autonomiju u donošenju odluka o svom telu i zdravlju.

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    U drugom delu se fokusira na prava adolescenata, posebno u kontekstu roditeljske odgovornosti. Zakon sada omogućava adolescentima da direktno vrše roditeljsku odgovornost za svoju decu, dok su im takođe zagarantovana prava da se protive odlukama koje bi mogle ugroziti njihovu decu. Ovaj pristup se širi na različite aspekte prava porodice, uključujući potrebu za saglasnošću oba roditelja za određene pravne radnje, kao i uključivanje saglasnosti adolescenata u tim procesima, čime se dodatno osnažuje njihova autonomija.

Carte mentale

Vidéo Q&R

  • ¿Qué es la autonomía progresiva?

    Es el principio que permite a los niños y adolescentes tomar decisiones según su grado de madurez.

  • ¿Cómo ha cambiado el código civil respecto a la capacidad?

    El nuevo código reconoce que todos son capaces, salvo aquellos que no pueden expresar su voluntad.

  • ¿Qué derechos tienen los adolescentes sobre sus hijos?

    Los adolescentes pueden ejercer la responsabilidad parental sobre sus hijos.

  • ¿Qué se requiere para actos invasivos en salud?

    El consentimiento informado del adolescente y de sus representantes legales.

  • ¿Qué pasa si hay conflicto entre un representante legal y un niño?

    El niño puede reclamar su derecho con asistencia letrada.

  • ¿Qué se entiende por actos personalísimos?

    Son actos que requieren el consentimiento de ambos progenitores y del adolescente.

  • ¿Qué rol tienen los abuelos en la responsabilidad parental?

    Los abuelos pueden oponerse a decisiones que pongan en riesgo al niño.

  • ¿Cómo se define la madurez en el código civil?

    La madurez se presume, salvo que se demuestre lo contrario en casos específicos.

  • ¿Qué implica el consentimiento para tratamientos invasivos?

    El adolescente debe consentir junto a sus representantes legales.

  • ¿Qué cambios se han hecho en el derecho de familia?

    Se han incorporado nuevos modelos de familia y derechos para los niños y adolescentes.

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    bueno bien ahora vamos a relacionar el
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    concepto que ha entrado que siguen
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    trabajando en esta unidad sobre todo el
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    principio de la autonomía progresiva y
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    del derecho a la vida familiar en cuanto
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    a la capacidad recordemos que en el
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    código civil anterior el principio que
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    se consolidó fue el de la incapacidad
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    todos aquellos que no fuesen un adulto
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    varón era para la ley incapaces entre
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    ellos los niños niñas y mujeres lo que
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    sucedió es que con el desarrollo de los
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    derechos humanos y demás se puso en
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    crítica algunos de estos planteos porque
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    la incapacidad y el ejercicio de los
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    derechos por medio de un representante
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    termino configurándose como un ejercicio
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    de control respecto de esas
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    designada incapaces por la ley o sea te
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    protejo o de decir le restringe los
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    derechos y los tenés que hacer por
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    representante para protegerte y lo que
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    terminaba sucediendo era que detrás de
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    esa figura jurídica de la representación
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    lo que había era un control social sobre
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    esos sectores poblacionales
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    el código de nuevo el código civil
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    vigente desde 2015 lo que hace es poner
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    en valor esta esta idea de capacidad
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    establece que todos van a ser capaces
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    salvo aquellas personas que requieran
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    verdaderamente que nos puedan de ninguna
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    manera expresar su voluntad y si bien el
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    representante va a seguir actuando a
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    niños para algunas personas con una
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    capacidad de rígida esta representación
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    siempre va a tener que ir acompañada del
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    consentimiento de la persona para
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    cualquier tipo de acto esto pasa con los
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    niños se establece un sistema ya no
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    rígido sólo por la edad sino que se
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    incorpora la idea del grado de madurez o
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    sea los chicos deben tener contar con
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    edad y grado de madurez para ir
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    realizando determinados actos que el
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    código les va reconociendo en diferentes
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    edades en diferentes momentos de la vida
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    así inicialmente la madurez se presume
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    realmente es así se presume la madurez
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    en un principio para terminado a todos
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    salvo que en el caso concreto se
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    interprete que esa madurez no se ha
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    logrado para ese alto del específico
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    si tenemos que tener un puente y poder
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    completar un poco lo que decía mark
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    elena es que hace menos de 50 años atrás
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    la mujer que era una persona que se la
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    considera en capas tenía que tener legal
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    lamentablemente era así o sea que si el
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    doctor no era su padre pasaba a hacerlo
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    su su marido en el caso concreto u otro
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    u otro hombre de la familia
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    hoy poniendo trabas al tema de niñez
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    vemos que el artículo 26 del código
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    civil y comercial banca con las pautas
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    en principio si se actúa a través de un
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    representante legal como principio
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    general pero cuando existan conflictos
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    entre este representante legal y el niño
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    puede el niño deberá reclamar su derecho
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    con asistencia letrada o sea el
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    patrocinio letrado se establece en el
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    código civil y comercial como viene
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    diciendo a los
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    en los otros vídeos y en el desarrollo
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    completo del demente programa
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    vaya de indicar dos tipos de tareas
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    marca la niñez es de los serios trece
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    años la adolescencia de los 318 pero en
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    la parte de salud más uno se fija una
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    edad intermedia que es entre 16 y 18
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    años como principio general la persona
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    monero de edad tiene el 80 día en todos
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    nuestros juicios que les concierne así
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    como para participar en las decisiones
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    sobre su persona que pasa que se presume
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    que la reciente entre 6 y 6 sin actitud
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    para decidir por si está aquí el
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    tratamiento que nos resulten invasivos
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    ni comprometan su estado de salud o
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    próximo mejorado grave a su vida una
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    integridad
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    esto quiere decir de que dio actos que
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    por ejemplo solicitar asistencia en un
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    centro de salud sobre todo para vivir un
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    proceso un procedimiento anticonceptivo
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    sería un acto invasivo y se le debería
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    aprender a mí sin obligarlo a concurrir
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    nos vale madre representante legal o
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    quiere destacarlo porque si alguien ha
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    concurrido centro de salud es decir que
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    tiene la el grado de madurez suficiente
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    para poder pedir este este tratamiento
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    se trata de tratamientos invasivos que
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    no están regulados en el cosquín y
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    comercial específicamente sino que hay
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    leyes complementarias y normativas
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    complementarias
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    se puede decir que es invasivo y tiene
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    el vacío cuando los tratamientos son
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    invasivos
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    luego el consentimiento informado el
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    adolescente va a tener que brindar su
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    consentimiento juntamente con los
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    representantes legales por último a
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    partir de los 16 años el juego dice que
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    el adolescente es un mayor da para
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    todavía cuestiones atinentes al cuidado
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    de su propio cuerpo que quiere decir que
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    tenemos que discriminar que lo que es
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    cuidado y que lo que no acudió al propio
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    cuerpo para que el adolescente sea
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    considerado y siempre ponemos un ejemplo
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    como decir que pasa es un adolescente de
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    15 años
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    16 quiero hacerte un implante mamario
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    porque quiere tener lolas entonces de
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    gente es primero que debería operar con
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    el dinero y 2º adrián y ver si eso es
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    para el cuidado de sus primos cuerpo que
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    puede ser una cirugía reparatoria una
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    mujer así ahora lo meramente estético y
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    así sería un tanto invasivo que debería
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    tener ha cobrado consentimiento de sus
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    progenitores o representante legal en mi
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    caso concretas
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    la idea como ven del código es la de
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    acompañar con el principio de autonomía
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    progresiva en distintos momentos
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    necesarios y del desarrollo de la vida
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    de los niños no es que todos los niños a
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    cualquier edad van a poder decir todo
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    sino que en la primera infancia van a
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    poder decidir menos lo mismo que hacemos
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    nosotros con nuestros hijos en nuestras
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    propias familias son muy pequeñitos
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    decidimos que comen ha quedado de acá
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    que ahora comen cómo se visten y a
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    medida que van creciendo van adquiriendo
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    la autonomía para tomar aquellas
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    decisiones que están en condiciones de
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    tomar atinente a su propio cuerpo cuando
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    son pequeños nosotros decidimos cuánto
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    abrigo tienen cuando son más grandes o
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    más pudiéndose ser cargo de esas
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    decisiones
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    el código toma esta misma idea del
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    desarrollo del grado de madurez para
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    acompañar la vida de los chicos y
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    permitirles el ejercicio de algunos
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    derechos por sí solos y de decidir por
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    sí solos respecto a algunos actos de su
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    vida a medida que van adquiriendo la
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    competencia para efectivizar
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    entonces si su cuerpo ya tiene
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    competencia o actitud para mantener
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    relaciones sexuales y para poder
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    engendrar un embrión y tener como
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    producto de esa relación un embarazo el
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    estado debe garantizarle a ese
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    adolescente las posibilidades de cuidado
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    y decidir eso respecto de su maternidad
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    o paternidad cuando sean adultos esa
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    garantía no está sujeta ni condicionada
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    a que dada una asistencia por parte de
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    un representante legal como decía javier
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    sino que si el cuerpo ya puede tiene la
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    aptitud biológica para realizar el acto
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    bueno el estado le garantiza
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    al niño por sí solo en forma directa a
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    la posibilidad del cuidado
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    otro de los relacionados con el otro
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    principio que vemos que es el del
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    derecho a la vida familiar vemos como el
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    código incorporado si bien esto es la
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    seria materia de otro curso todo lo que
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    tiene que ver con el derecho de familia
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    y los nuevos modelos de familia y en
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    espacios más democráticos deja
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    garantizado a los niños y las niñas de
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    algo decentes
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    dentro de su propia familia el ejercicio
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    pleno de algunos derechos que antes no
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    tenían por ejemplo el artículo 11 y 44
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    que es el que regula el ejercicio del
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    derecho de los de los adolescentes para
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    la responsabilidad parental de sus
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    propios hijos esto es si un adolescente
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    tiene un hijo o una hija antes respecto
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    de la patria potestad de ese niño o niña
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    la ejercía directamente el abuelo el
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    padre madre del adolescente ahora quien
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    lo ejerce es directamente el progenitor
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    adolescente y en el que es responsable
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    de la responsabilidad parental de ese
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    niño hacen sin embargo el mismo artículo
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    regula que los abuelos del pequeño del
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    bebé van a poder oponerse a que las
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    decisiones que tome el padre adolescente
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    que ubique al niño en un riesgo si lo
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    quieres llevar recitado bebé de 10 días
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    por supuesto que los abuelos van a poder
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    oponerse y también para poder realizar
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    aquellos actos que el progenitor
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    adolescente
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    admitido por ejemplos de barro a la
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    vacunación lo que no quiere decir que el
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    progenitor pierda su responde su
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    ejercicio de la responsabilidad parental
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    sino que va a ser acompañado
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    inicialmente es posible que así como el
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    ser padre madre también es un
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    aprendizaje bueno que en los primeros
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    tiempos de vida de su hijo quizás
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    después temas asumir alguna
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    responsabilidad ya medida que pase el
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    tiempo las guasas pudiendo asumir
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    entonces no es lo mismo un adolescente
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    de 14 madre que esa misma madre a 16 de
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    los 17 el código acompaña este proceso
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    de vida familiar lo mismo sucede con el
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    artículo 6 45 claro que se regula la
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    articulación grandísimos cuáles son los
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    actos que necesariamente requieren el
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    consentimiento de ambos progenitores
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    para que se puedan realizar
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    acá vemos que estos actos son
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    estrictamente personalísimos lo tienen
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    que emitir la persona que tiene la
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    responsabilidad parental pista por ley y
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    ahí vemos que son cinco actos que
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    necesariamente necesitan el acuerdo de
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    amos prospectores vemos que para
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    ingresar a la comunidad religiosa para
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    ingresar la fuerza de seguridad para
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    enajenar o de ministrar viene de los de
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    nacional sobre todo viene de dos de sus
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    hijos menores de edad
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    además de ingresar
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    [Música]
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    contra el matrimonio para contraer
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    matrimonio son y obviamente para salir
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    el país que el acto por excelencia que
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    siempre vemos nos vienen a consultar
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    mucho el que es necesario siempre la
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    anuencia de los dos progenitores y si
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    algunos no está de acuerdo algunos
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    algunas de las parejas si necesariamente
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    son procesos que se deben oficializar y
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    será después que dé la orden supletoria
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    con uno de los progenitores no quiero si
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    bien es un artículo similar a la
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    anterior lo que nos parece importante es
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    que ahora se incorporó que si el hijo es
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    adolescente no solamente alcanza el
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    consentimiento de ambos progenitores
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    para el acto sino que debe estar expresó
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    el consentimiento del adolescente para
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    la realización
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    eso eso se engancha perfecto con el
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    artículo precedente que mencionamos
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    elena que ya no es el abuelo o abuela
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    porque la ley anterior decía que el
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    abuelo que está vacante tenía la
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    tenencia de su hijo menor de edad era
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    que ejercía la patria potestad sobre su
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    nieto bueno ellos ya cuando he podido ha
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    cambiado como vieron como yanina y hoy
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    día le vemos como la autonomía de
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    progresivos está marcando
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    a lo largo todos los capítulos por lo
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    menos del derecho de familia si bien es
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    verdad que en el derecho de familia en
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    donde ha tenido un mayor impacto que si
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    se quiere la familia desde el primer
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    espacio de relación de los niños y de
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    los adolescentes es cierto que esta
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    normativa de la autonomía progresiva
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    debería influir también en otros fueros
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    como puede ser el fuero penal donde los
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    chicos a veces participan algunas
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    instancias sin que se les explique
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    efectivamente porque bien en qué se basa
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    es información que va a suceder después
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    cuáles son las consecuencias y cuáles
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    son los resolutivos y también en el
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    fuero civil donde estamos viendo recién
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    algunos avances pero lo cierto es que
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    hoy cualquier adolescente puede estar en
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    juicio podría estar en juicio y tener a
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    un cuasi éxito un conflicto de interés
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    con sus representantes con la figura del
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    abogado al niño un letrado que lo
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    represente en una sucesión en un juicio
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    de daños si sus progenitores no acuerdan
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    o tienen un interés diferente al del
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    adolescente no pensemos al niño
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    solamente en el ámbito de la familia
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    nada más con los niños que necesitan un
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    montón de otros ámbitos por eso va a
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    haber conflictos laborales penales
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    civiles de responsabilidad etcétera
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