Cómo se hacen las leyes en El Salvador | Proceso de formación de ley | Pasos para reformar la ley

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Summary

TLDREl video explica el proceso de formación de la ley en El Salvador, destacando su jerarquía y el procedimiento para su emisión, reforma y derogación. La ley es definida como una declaración de la voluntad soberana emitida por la Asamblea Legislativa. Se describen tres etapas en el proceso legislativo: la fase introductoria, donde se identifican necesidades y se elabora un proyecto; la fase constitutiva central, donde la Asamblea Legislativa discute y vota el proyecto; y la fase integradora de eficacia, donde el presidente de la república sanciona o veta la ley. Se abordan los roles de los actores involucrados y los requisitos necesarios para la aprobación de una ley, así como las implicaciones de un veto presidencial.

Takeaways

  • 📜 La ley es una declaración de voluntad soberana.
  • 🏛️ La Asamblea Legislativa emite la ley siguiendo un proceso formal.
  • 🔄 El proceso de formación de la ley incluye tres etapas principales.
  • 👥 Solo ciertos actores pueden iniciar un proyecto de ley.
  • ⚖️ El presidente puede vetar una ley por inconveniencia o inconstitucionalidad.
  • 🗳️ Se requiere mayoría simple para aprobar leyes, salvo excepciones.
  • 📅 La vacatio legis es el tiempo antes de que una ley entre en vigencia.
  • 📑 Un dictamen legislativo puede ser favorable o desfavorable.
  • 🔍 La reserva de ley limita ciertas materias a la regulación legislativa.
  • ⏳ Un proyecto de ley archivado no puede ser estudiado nuevamente en seis meses.

Timeline

  • 00:00:00 - 00:05:00

    Introducción al tema de la ley como fuente del derecho, destacando su jerarquía en relación a la constitución y la importancia de seguir el procedimiento establecido para su creación, reforma y derogación.

  • 00:05:00 - 00:10:00

    Definición de la ley según el Código Civil, enfatizando que es una declaración de la voluntad soberana emitida por la asamblea legislativa, y la necesidad de respetar los límites formales y materiales establecidos por la constitución.

  • 00:10:00 - 00:15:00

    Descripción del proceso de formación de la ley, que consta de tres etapas, comenzando con la fase introductoria, donde se identifican necesidades y se elabora un proyecto de ley, incluyendo la agenda regulatoria y la evaluación de impacto regulatorio.

  • 00:15:00 - 00:20:00

    Explicación de la sub etapa de iniciativa, donde se presenta el proyecto de ley ante la asamblea legislativa, destacando quiénes tienen la facultad de iniciar el proceso y las limitaciones que deben respetar.

  • 00:20:00 - 00:25:00

    Análisis de la fase constitutiva central, donde la asamblea legislativa revisa y discute el proyecto de ley, incluyendo la instrucción y deliberación en comisiones, y la importancia de la participación ciudadana en este proceso.

  • 00:25:00 - 00:30:00

    Detallado del dictamen emitido por las comisiones, que puede ser favorable o desfavorable, y su posterior presentación ante el pleno legislativo para su discusión y votación.

  • 00:30:00 - 00:35:00

    Descripción de la sub etapa decisoria, donde se vota el dictamen en el pleno legislativo, explicando los tipos de mayorías requeridas para la aprobación de la ley y las consecuencias de no obtener los votos necesarios.

  • 00:35:00 - 00:40:00

    Explicación de la fase integradora de eficacia, donde el presidente de la república analiza el decreto legislativo y puede sancionarlo, devolverlo con observaciones o vetarlo, y los plazos establecidos para cada acción.

  • 00:40:00 - 00:45:00

    Análisis de las posibles respuestas del presidente, incluyendo la sanción, la devolución con observaciones y el veto, y cómo cada una de estas decisiones afecta el proceso legislativo.

  • 00:45:00 - 00:54:45

    Conclusión del proceso de formación de la ley, resaltando la importancia de seguir los procedimientos establecidos y la posibilidad de que la sala de lo constitucional intervenga en casos de inconstitucionalidad.

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Video Q&A

  • ¿Qué es la ley según la Constitución de El Salvador?

    La ley es una declaración de la voluntad soberana manifestada en la forma prescrita por la Constitución, que manda, prohíbe o permite.

  • ¿Cuáles son las etapas del proceso de formación de la ley?

    Las etapas son: fase introductoria, fase constitutiva central y fase integradora de eficacia.

  • ¿Quiénes pueden iniciar un proyecto de ley?

    Los diputados, el presidente de la república, la corte suprema de justicia, los consejos municipales y los diputados del parlamento centroamericano.

  • ¿Qué ocurre si el presidente veta una ley?

    El veto puede ser superado por la Asamblea Legislativa con una mayoría calificada de dos tercios.

  • ¿Qué pasa si el presidente no responde a un decreto legislativo?

    Si no responde en ocho días, se entiende que ha sancionado el decreto.

  • ¿Qué es la vacatio legis?

    Es el período de tiempo que debe transcurrir antes de que una ley entre en vigencia, que es de al menos ocho días.

  • ¿Qué ocurre si una ley es declarada inconstitucional?

    La ley es archivada y no puede ser estudiada nuevamente por la Asamblea Legislativa hasta después de seis meses.

  • ¿Qué es la reserva de ley?

    Son materias que solo pueden ser reguladas por la Asamblea Legislativa a través de la ley, como la creación de delitos o impuestos.

  • ¿Qué se necesita para que una ley sea aprobada?

    Se requiere la mayoría simple de votos en la Asamblea Legislativa, salvo en casos excepcionales que requieren mayoría calificada.

  • ¿Qué es un dictamen legislativo?

    Es el documento que emite una comisión legislativa con recomendaciones sobre un proyecto de ley, que puede ser favorable o desfavorable.

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    hola a todos y bienvenidos nuevamente
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    hoy vamos a continuar hablando sobre un
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    tema muy importante que es como
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    complemento de las fuentes del derecho y
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    no nos referimos específicamente esta
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    fuente desde el finés que vemos en la
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    pantalla que se encuentra afuera del
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    salón azul del palacio legislativo en el
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    salvador sino más bien a lo que se
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    produce dentro de ese salón azul que es
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    la ley como fuente del derecho por lo
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    tanto en esta ocasión nos dedicaremos a
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    estudiar en sí cómo es que se emite se
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    puede reformar o también derogar la ley
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    así como también cuál es el
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    procedimiento para interpretar la
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    auténtica mente que debo destacar desde
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    ya como entrada que el mismo
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    procedimiento que determina la
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    constitución
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    a uno como por ejemplo emitir la ley en
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    un proceso de formación de ley es
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    exactamente el mismo que debe de
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    seguirse para reformarla derogarla o
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    interpretarla auténticamente así es que
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    vamos a comenzar recordando un poco cuál
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    es la posición jerárquica de la ley
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    dentro de las fuentes formales del
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    derecho y es que ya habíamos mencionado
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    en ocasiones anteriores que la ley se
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    ubica pues prácticamente en una posición
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    secundaria considerando que la
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    constitución en los decretos de reforma
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    constitucional vienen a integrar una
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    sola fuente suprema del derecho y por lo
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    tanto la ley se ubica debajo de la
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    constitución
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    debe de obedecer a la constitución y
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    respetar por ende sus límites materiales
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    y formales para su creación por lo cual
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    se viene a considerar como una fuente
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    ordinaria del derecho
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    si no han visto todavía el vídeo
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    introductorio sobre las fuentes formales
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    del derecho se los dejaré en la esquina
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    superior derecha como siempre para que
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    puedan revisarlo así también como para
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    que puedan verificar lo que dijimos
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    sobre la constitución y los decretos de
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    reforma constitucional
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    avanzando entonces en el tema lo primero
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    que debemos de preguntarnos es en si que
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    es la ley y es que la constitución de la
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    república no nos brinda una definición
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    detallada de la ley sino que ha sido la
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    misma ley la que se ha encargado de dar
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    una definición a raíz de lo que la
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    constitución muestra de forma dispersa
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    qué quiere decir esto el artículo 1 del
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    código civil da una definición de la ley
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    en sentido secundario o en sentido
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    formal y dice así textualmente la ley es
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    una declaración de la voluntad soberana
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    que
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    manifestada en la forma prescrita por la
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    constitución manda prohíbe o permite
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    qué quiere decir eso que acabamos de
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    leer pues básicamente es que podemos
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    definir formalmente a la ley como un
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    acto que es emanado por la asamblea
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    legislativa porque porque se trata de
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    voluntad soberana
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    emitida precisamente a través de
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    nuestros representantes
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    dentro de nuestro sistema de gobierno
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    que cuenta con la característica de
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    democracia y representatividad
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    es así entonces que no basta con que la
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    asamblea legislativa lo emita que se
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    podría entender como cualquier decreto
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    legislativo sino que aquí está algo muy
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    y es que debe de emitirse siguiendo
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    todos y cada uno de los pasos que la
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    constitución ha determinado para su
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    creación y así poder entrar
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    posteriormente en vigencia y generar ya
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    comportamientos obligatorios para la
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    ciudadanía que es precisamente lo que se
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    espera que pueda realizarse de forma
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    coercitiva como una característica de la
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    de las normas jurídicas
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    adicionalmente tenemos que destacar que
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    la constitución no sólo sólo determina
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    los límites formales de la ley sino
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    también sus límites materiales dentro de
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    lo cual podemos destacar como ejemplo la
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    reserva de ley
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    que son ciertas materias que se han
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    designado para que única y
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    exclusivamente el legislador es decir la
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    asamblea legislativa los pueda regular a
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    través de la ley que sería entonces por
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    ejemplo la creación de delitos la
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    creación de sanciones y limitaciones de
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    derechos
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    la creación de impuestos
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    la determinación de competencias dentro
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    de la administración pública y por
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    supuesto también el quehacer
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    organizativo en sí de toda la
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    administración pública entonces bajo
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    esta perspectiva
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    digamos que podemos entender qué es la
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    ley y qué es lo que debe regular por lo
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    cual vamos a ver ahora cuál es el
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    proceso de formación de ley y es que
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    prácticamente tenemos tres etapas para
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    poder formar la ley y las vamos a ir
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    viendo de uno en uno y hasta llegar a un
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    cuarto punto que es la entrada en
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    vigencia de la ley pero
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    pues prácticamente la vigencia y la
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    ejecución y aplicación de la ley pues ya
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    es un tema aparte al proceso de
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    formación que se evalúa dentro de las
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    fuentes formales del derecho por lo que
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    sólo vamos a ver las primeras tres
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    etapas entonces la primera de ellas es
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    conocida como la fase
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    introductoria y esta fase tiene también
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    sus etapas siendo la primera de ellas la
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    de trabajos preparatorios que debo
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    destacar desde un inicio que
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    la constitución de la república no
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    desarrolla esta etapa
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    plenamente como lo esperaríamos sino que
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    lo ha hecho la ley y como lo hace pues
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    bien
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    básicamente
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    en el estado
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    se debe de identificar una necesidad por
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    ejemplo un vacío que necesita suplirse
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    porque ya se requiere un cambio en la
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    normativa existente y eso lo que nos
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    obliga entonces es a comenzar a elaborar
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    un proyecto de ley la gran pregunta que
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    nos podemos hacer inicialmente es ajá y
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    cómo lo hago pues bien en teoría cuando
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    es el mismo estado el que comienza a
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    realizar un proceso de formación de ley
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    antes de que se active
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    constitucionalmente los mecanismos para
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    ello primero pues tiene que hacerse una
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    agenda regulatoria por ejemplo un
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    ministerio va a encargarse de promover
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    una reforma de ley
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    entonces anualmente tiene que elaborar
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    su agenda regulatoria de acuerdo con los
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    artículos 15 y 16 de la ley de mejora
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    regulatoria y en ella establecer en el
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    año cuáles son los cambios normativos
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    como la emisión de una nueva ley o la
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    reforma o la derogatoria de una ley o
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    buscar una interpretación auténtica
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    durante ese año y que lo van a tramitar
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    ante la asamblea legislativa una vez que
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    se ha definido ese plan entonces en la
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    agenda regulatoria es que comienzan a
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    elaborar el borrador del proyecto de
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    decreto ahí se siguen los parámetros que
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    establecen los artículos 17 el 24 de la
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    ley de mejora regulatoria y también los
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    artículos 161 y 162 de la ley de
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    procedimientos administrativos
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    básicamente lo que invitan estos
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    artículos es a preguntarse será que la
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    nueva norma por la reforma o la
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    derogatoria va a generar costos de
  • 00:08:58
    cumplimiento
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    la misma ley de mejora regulatoria y ley
  • 00:09:03
    de procedimiento administrativo nos
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    dejan claro que los costos de
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    cumplimiento se generan cuando existen
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    nuevas obligaciones para los
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    particulares o por ejemplo se vuelven
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    más estrictas las que ya están
  • 00:09:16
    existentes también cuando se vienen a
  • 00:09:18
    modificar oa crear nuevos trámites
  • 00:09:21
    excepto cuando se busque simplificar los
  • 00:09:23
    o facilitar su cumplimiento o también
  • 00:09:26
    cuando las reformas o nuevas normas
  • 00:09:29
    pretenden generar restricciones o
  • 00:09:32
    limitaciones a los derechos de las
  • 00:09:35
    personas
  • 00:09:37
    esto entonces básicamente es que si lo
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    que se está creando se encuentra dentro
  • 00:09:43
    de esos supuestos podemos decir que si
  • 00:09:45
    genera costos entonces si no está dentro
  • 00:09:48
    de esos supuestos no genera costos y qué
  • 00:09:51
    es lo que ocurre para ese escenario
  • 00:09:52
    específico si si no genera ningún costo
  • 00:09:56
    de cumplimiento pues se le hace una
  • 00:09:58
    solicitud de exención de evaluación de
  • 00:10:02
    impacto regulatorio a el organismo de
  • 00:10:06
    mejora regulatoria
  • 00:10:08
    y al este organismo revisa la
  • 00:10:13
    documentación y la solicitud y puede
  • 00:10:16
    llegar a determinar que efectivamente no
  • 00:10:20
    genera costos de cumplimiento y por lo
  • 00:10:22
    tanto emite un dictamen de extensión y
  • 00:10:25
    así lo ms
  • 00:10:28
    también que ese es su nombre completo es
  • 00:10:30
    organismo de mejora regulatoria
  • 00:10:32
    habilita para que se pueda pasar a la
  • 00:10:35
    sub etapa de iniciativa que ya aquí si
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    es que se está activando propiamente
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    el proceso de formación de ley de
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    acuerdo con la constitución ahora bien
  • 00:10:46
    qué ocurre en el otro escenario si
  • 00:10:48
    notamos que si existen costos de
  • 00:10:50
    cumplimiento pues básicamente lo que nos
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    invita la ley es a que el organismo
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    público debe de realizar una evaluación
  • 00:10:59
    de impacto regulatorio también conocida
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    como jerry que es lo que mencionábamos
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    acá en qué consiste esto pues
  • 00:11:07
    básicamente es que tiene que hacerse un
  • 00:11:10
    análisis costos beneficios para que la
  • 00:11:14
    ley por la reforma o su emisión se
  • 00:11:18
    promueva únicamente si el resultado
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    arroja saldos positivos es decir que el
  • 00:11:25
    resultado traerá más beneficios que
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    costos para la ciudadanía y para ello
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    pues se tienen que realizar consultas
  • 00:11:32
    ciudadanas se tienen que ponderar
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    alternativas se tienen que determinar ya
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    propiamente los costos o costes que
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    incurrirían para implementar la
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    normativa o su reforma y a raíz de eso
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    pues ya emitir un un
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    resultado el cual deberá presentarse al
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    organismo de mejora regulatoria para que
  • 00:11:55
    éste pueda dictaminar y si determina que
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    efectivamente hay más beneficios pues se
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    emite un dictamen a favor lo que
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    habilita al organismo público a iniciar
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    entonces con la sub etapa de iniciativa
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    para el proceso de formación de ley debo
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    aclarar también que por ejemplo si son
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    particulares como un grupo de ciudadanos
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    una organización de la sociedad civil
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    que son los que han por su propia cuenta
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    o por ejemplo con financiamiento de
  • 00:12:32
    parte de la cooperación extranjera o de
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    algún otro tipo de donantes o por la
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    misma ciudadanía
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    se ha creado
  • 00:12:41
    este
  • 00:12:43
    proyecto de decreto o de ley entonces no
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    es necesario realizar todo esto porque
  • 00:12:51
    porque estas obligaciones son únicamente
  • 00:12:54
    para las normativas que va a impulsar la
  • 00:12:58
    misma administración pública por lo que
  • 00:13:01
    si es por parte de los particulares no
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    vamos a ir de un solo a la sub etapa de
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    iniciativa que está en el artículo 170 y
  • 00:13:10
    70 y perdón 133 de la constitución
  • 00:13:15
    ahora bien en qué consiste esta etapa
  • 00:13:18
    pues vean esta sub etapa es bastante
  • 00:13:21
    sencilla porque consiste precisamente en
  • 00:13:24
    presentar el proyecto de ley ya
  • 00:13:28
    elaborado y redactado ante la asamblea
  • 00:13:31
    legislativa pero ojo no lo podemos hacer
  • 00:13:34
    nosotros por ejemplo en nuestro carácter
  • 00:13:36
    de ciudadanos sin
  • 00:13:39
    que podamos nosotros digamos a
  • 00:13:42
    llevar esto para que la asamblea
  • 00:13:45
    obligatoriamente lo conozca sino que
  • 00:13:48
    necesitamos que se haga a través de las
  • 00:13:52
    personas que tienen
  • 00:13:55
    iniciativa de ley es decir son los que
  • 00:13:57
    cuentan con la legitimación o
  • 00:14:00
    competencia para activar oficialmente el
  • 00:14:04
    proceso de formación de ley de acuerdo
  • 00:14:06
    con la constitución entonces la idea es
  • 00:14:09
    que se presente este de este proyecto
  • 00:14:12
    como una pieza de correspondencia en la
  • 00:14:15
    asamblea legislativa
  • 00:14:18
    pero bien quiénes son los que pueden
  • 00:14:20
    hacer esto pues el artículo 133 de la
  • 00:14:24
    constitución determina que tienen
  • 00:14:26
    exclusivamente
  • 00:14:28
    iniciativa de ley en primer lugar los
  • 00:14:32
    diputados
  • 00:14:33
    luego el presidente de la república por
  • 00:14:36
    medio de sus ministros luego tenemos a
  • 00:14:40
    la corte suprema de justicia pero
  • 00:14:43
    solamente para las materias relativas al
  • 00:14:45
    órgano judicial al ejercicio del
  • 00:14:48
    notariado y de la abogacía y también
  • 00:14:51
    para temas de cómo se va a manejar la
  • 00:14:53
    jurisdicción y la competencia de los
  • 00:14:56
    tribunales
  • 00:14:58
    asimismo en cuarto lugar encontramos a
  • 00:15:01
    los consejos municipales no a los
  • 00:15:03
    alcaldes sino a los consejos municipales
  • 00:15:05
    completos y estos únicamente para poder
  • 00:15:10
    dar iniciativa proyectos de ley en
  • 00:15:13
    materia de impuestos municipales porque
  • 00:15:16
    como mencionamos anteriormente los
  • 00:15:18
    impuestos son materia de reserva de ley
  • 00:15:22
    y por supuesto que tenemos al par
  • 00:15:25
    centroamericano por medio de los
  • 00:15:27
    diputados del estado del salvador o
  • 00:15:29
    propiamente a los diputados del salvador
  • 00:15:33
    que son parte del parlamento
  • 00:15:36
    centroamericano que también lo podemos
  • 00:15:38
    abreviar como parlacen y esto después
  • 00:15:41
    tienen solamente
  • 00:15:43
    iniciativa en materias relativas a la
  • 00:15:46
    integración del del istmo
  • 00:15:47
    centroamericano
  • 00:15:48
    que es el que regula también la
  • 00:15:51
    constitución para buscar nuevamente la
  • 00:15:53
    integración de todos los países
  • 00:15:55
    centroamericanos para conformar uno solo
  • 00:15:58
    que sería todo centroamérica ahora bien
  • 00:16:02
    de lo que acabo de hablar creo que
  • 00:16:04
    ustedes notaron que en cuanto a los
  • 00:16:07
    diputados y el presidente de la
  • 00:16:08
    república no dije nada de las
  • 00:16:11
    limitaciones para poder dar iniciativa a
  • 00:16:15
    una ley será entonces que tienen una
  • 00:16:18
    facultad de iniciativa absoluta ellos
  • 00:16:21
    dos
  • 00:16:23
    la respuesta simple y sencillamente es
  • 00:16:25
    que no pues estos a pesar de que la
  • 00:16:29
    constitución en el 133 no dice
  • 00:16:33
    expresamente cuáles son sus límites
  • 00:16:35
    debemos de recordar que la constitución
  • 00:16:38
    no sólo tiene el artículo 133 sino que
  • 00:16:42
    tiene mucho más en los cuales se
  • 00:16:44
    establecen las competencias de cada
  • 00:16:46
    órgano y por lo tanto no pueden
  • 00:16:49
    sobrepasar sus competencias así por
  • 00:16:52
    ejemplo la asamblea legislativa no
  • 00:16:55
    podría dar iniciativa a un proyecto de
  • 00:16:58
    ley en el cual se comprometa el
  • 00:17:00
    presupuesto general de la nación sin
  • 00:17:03
    haber contado con la consulta de parte
  • 00:17:07
    del órgano ejecutivo y de igual forma
  • 00:17:10
    puede ser presidente de la república no
  • 00:17:12
    puede impulsar una ley que venga a
  • 00:17:14
    limitar ciertas facultades de la
  • 00:17:17
    asamblea legislativa porque porque el
  • 00:17:20
    presidente no tiene la competencia de
  • 00:17:23
    los legisladores entonces siempre y
  • 00:17:26
    cuando no se sobrepasen esas
  • 00:17:28
    competencias
  • 00:17:29
    proponer y dar iniciativa a las leyes o
  • 00:17:32
    bien participar también en consultas
  • 00:17:35
    dentro de los procesos para que se pueda
  • 00:17:38
    respetar siempre el principio de
  • 00:17:40
    separación de poderes que existe en el
  • 00:17:44
    estado democrático y constitucional
  • 00:17:48
    salvadoreño
  • 00:17:50
    ahora bien una vez entonces algunas de
  • 00:17:53
    estas personas le ha dado iniciativa al
  • 00:17:57
    proyecto de ley llegamos a la segunda
  • 00:18:00
    etapa que es la fase constitutiva
  • 00:18:03
    central en donde la asamblea legislativa
  • 00:18:07
    cobra mayor protagonismo vamos a verla
  • 00:18:10
    entonces la fase constitutiva central
  • 00:18:14
    también tiene sus etapas la primera sub
  • 00:18:17
    etapa es conocida como la de instrucción
  • 00:18:20
    o deliberación
  • 00:18:22
    básicamente esta consiste en lo
  • 00:18:25
    siguiente ver en primer lugar es que la
  • 00:18:29
    junta directiva de la asamblea
  • 00:18:30
    legislativa recibe la pieza de
  • 00:18:33
    correspondencia a la cual se le dio
  • 00:18:35
    iniciativa de ley para poder agendar la
  • 00:18:38
    y que sea conocida en una sesión
  • 00:18:41
    plenaria de acuerdo con el artículo 12
  • 00:18:44
    numeral 12 del
  • 00:18:47
    reglamento interior de la asamblea
  • 00:18:50
    legislativa
  • 00:18:52
    posteriormente que tenemos que esperar a
  • 00:18:54
    que sea la sesión plenaria que ésta
  • 00:18:57
    inicie se verifique el quórum es decir
  • 00:19:00
    que cuente con los diputados mínimos
  • 00:19:02
    para poder empezar a trabajar la sesión
  • 00:19:04
    y se tiene que aprobar la agenda la
  • 00:19:09
    agenda ya tiene un cierto orden y
  • 00:19:11
    digamos que dentro de ese orden de la
  • 00:19:14
    agenda es que tiene que verse los
  • 00:19:17
    siguientes pasos pero antes de hablar de
  • 00:19:19
    eso creo que la duda que pueden tener
  • 00:19:22
    muchos de ustedes es momento y quién es
  • 00:19:25
    la junta directiva y quienes conforman
  • 00:19:29
    la sesión plenaria de la asamblea
  • 00:19:31
    legislativa pues vean básicamente si
  • 00:19:34
    términos bastante prácticos tenemos esta
  • 00:19:38
    foto de la asamblea legislativa y de sus
  • 00:19:41
    diputados entonces los miembros de la
  • 00:19:45
    junta directiva de la asamblea
  • 00:19:46
    legislativa en términos super prácticos
  • 00:19:49
    son todos los que se sientan aquí
  • 00:19:53
    porque sencillamente a qué nos referimos
  • 00:19:55
    con esto pues son todos aquellos
  • 00:19:58
    diputados que al inicio de cada
  • 00:20:01
    legislatura cada tres años se eligen por
  • 00:20:04
    la misma asamblea legislativa para que
  • 00:20:06
    sean pues prácticamente el órgano de
  • 00:20:10
    superior de dirección al interior de la
  • 00:20:14
    asamblea legislativa para temas
  • 00:20:16
    administrativos pero lo demás los 84
  • 00:20:19
    diputados pues tienen básicamente la
  • 00:20:22
    misma
  • 00:20:22
    independencia en teoría y ahora bien
  • 00:20:26
    cuando hablamos de la sesión plenaria
  • 00:20:29
    nos referimos a que los 84 diputados
  • 00:20:33
    incluyendo todos los que están sentados
  • 00:20:36
    aquí abajo y todos los que están
  • 00:20:37
    sentados en frente tienen la potestad de
  • 00:20:40
    entonces para discutir los proyectos de
  • 00:20:44
    ley y participar todos en el proceso de
  • 00:20:48
    formación de ley porque porque el poder
  • 00:20:50
    soberano del pueblo está representado en
  • 00:20:54
    los 84 diputados no solo en un grupo
  • 00:20:58
    parlamentario
  • 00:20:59
    no en absolutamente todos ellos entonces
  • 00:21:03
    con esta aclaración podemos regresar a
  • 00:21:06
    ver que una vez se aprueba la agenda se
  • 00:21:09
    determina el orden de la agenda y cuando
  • 00:21:12
    llega el el punto que nos interesa es
  • 00:21:17
    que el presidente de la asamblea
  • 00:21:19
    legislativa
  • 00:21:20
    tiene que distribuir las iniciativas de
  • 00:21:24
    ley entre las comisiones legislativas
  • 00:21:27
    que existen hay comisiones legislativas
  • 00:21:30
    permanentes y hay comisiones
  • 00:21:32
    legislativas especiales que pueden tener
  • 00:21:34
    más detalles en el artículo 72 del
  • 00:21:38
    reglamento interior de la asamblea
  • 00:21:39
    legislativa entonces una vez que se les
  • 00:21:42
    ha asignado el trabajo las comisiones
  • 00:21:45
    tienen que reunirse y et y determinar
  • 00:21:49
    cuándo van a sesionar cómo van a
  • 00:21:51
    sesionar cada comisión es prácticamente
  • 00:21:53
    como una mini asamblea legislativa como
  • 00:21:56
    que si fueran alrededor de unos digamos
  • 00:21:59
    que siete o diez diputados un poco en 13
  • 00:22:02
    números están normalmente
  • 00:22:05
    y cada uno cuenta con su presidente de
  • 00:22:08
    la comisión con su secretario con sus
  • 00:22:10
    vocales y así se organizan de acuerdo
  • 00:22:13
    con los artículos 37 al 60 del
  • 00:22:16
    reglamento interior de la asamblea
  • 00:22:17
    legislativa para trabajar y cuál es el
  • 00:22:20
    trabajo que realizan pues básicamente es
  • 00:22:23
    analizar la iniciativa de ley que
  • 00:22:26
    recibieron determinar si el la propuesta
  • 00:22:31
    de los artículos es conveniente o si es
  • 00:22:34
    necesario hacerle modificaciones
  • 00:22:37
    o si por ejemplo consideran que ni
  • 00:22:39
    siquiera es pertinente aprobarla
  • 00:22:41
    entonces lo más importante es que de
  • 00:22:43
    todo el análisis y el estudio que ellos
  • 00:22:45
    realizan es que van a finalizarlo
  • 00:22:48
    emitiendo un dictamen con la mayoría de
  • 00:22:52
    sus miembros en este dictamen tiene que
  • 00:22:55
    razonar pse y dejarse constancia de los
  • 00:22:59
    acuerdos que toman y de las propuestas
  • 00:23:02
    que se han escuchado dado que en la
  • 00:23:04
    comisión es bien importante que es un
  • 00:23:07
    espacio también para fomentar la
  • 00:23:09
    participación ciudadana y que
  • 00:23:11
    organizaciones de la sociedad civil
  • 00:23:13
    sindicatos y ciudadanos interesados en
  • 00:23:18
    general puedan participar directamente
  • 00:23:20
    en el proceso de formación de ley
  • 00:23:22
    brindando sus opiniones y todo eso tiene
  • 00:23:25
    que ser considerado para finalmente
  • 00:23:27
    emitir un dictamen en el cual se plasme
  • 00:23:32
    ya cuál sería
  • 00:23:34
    el articulado final que se propone para
  • 00:23:38
    que el pleno legislativo apruebe
  • 00:23:40
    entonces tengo que declarar aquí que el
  • 00:23:43
    dictamen puede ser favorable o
  • 00:23:44
    desfavorable si el desfavorable
  • 00:23:47
    básicamente le van a decir señores del
  • 00:23:50
    pleno legislativo consideramos que lo
  • 00:23:53
    conveniente aquí es no aprobar esta ley
  • 00:23:56
    y se dan los motivos pero si es
  • 00:23:59
    favorable entonces
  • 00:24:00
    recomendamos aprobar la ley en estos
  • 00:24:03
    términos y se presenta ya todo el
  • 00:24:05
    articulado propuesto para que el pleno
  • 00:24:08
    legislativo lo conozca entonces el
  • 00:24:11
    dictamen es muy importante porque ahí
  • 00:24:13
    queda ya el razonamiento queda
  • 00:24:16
    constancia de la deliberación y del
  • 00:24:19
    respeto al principio de democracia que
  • 00:24:23
    debe de existir en el en la asamblea
  • 00:24:26
    legislativa
  • 00:24:28
    bien entonces una vez se cuenta con este
  • 00:24:31
    dictamen emitido por la mayoría de los
  • 00:24:34
    miembros de la comisión y firmado
  • 00:24:37
    también por la mayoría de estos miembros
  • 00:24:39
    deben de remitirlo a la junta directiva
  • 00:24:43
    para que para que nuevamente vuelva a
  • 00:24:46
    agendar lo en una sesión plenaria pero
  • 00:24:49
    ya no es la iniciativa sino que ya es el
  • 00:24:52
    dictamen favorable de esa iniciativa de
  • 00:24:55
    ley de acuerdo con el artículo 52 del
  • 00:24:58
    reglamento interior de la asamblea
  • 00:24:59
    legislativa o rial entonces nuevamente
  • 00:25:03
    esperábamos a que inicie la sesión
  • 00:25:05
    plenaria se vuelve a verificar el quórum
  • 00:25:07
    se aprueba la agenda se espera otra vez
  • 00:25:09
    nuevamente el orden hasta que llegue a
  • 00:25:12
    finalmente escucharse el dictamen
  • 00:25:16
    favorable en donde el presidente de la
  • 00:25:19
    asamblea legislativa va a dar a conocer
  • 00:25:22
    al pleno los dictámenes y va a pedir por
  • 00:25:26
    ejemplo que sea leído por completo el
  • 00:25:30
    dictamen para que todos los 84 diputados
  • 00:25:33
    conozcan
  • 00:25:35
    el proceso legislativo que se ha seguido
  • 00:25:37
    y pueda someterse a discusión con los 84
  • 00:25:43
    diputados
  • 00:25:44
    lo cual nos va a llevar a nosotros
  • 00:25:47
    entonces a la segunda sub etapa que es
  • 00:25:50
    la decisoria pero notarán que que hay
  • 00:25:54
    otros espacios y es que precisamente hay
  • 00:25:57
    unos casos
  • 00:25:59
    excepcionales que debemos de analizar y
  • 00:26:03
    es que
  • 00:26:03
    cuando el presidente de la asamblea
  • 00:26:05
    distribuye las iniciativas entre las
  • 00:26:08
    comisiones pertinentes en ciertas
  • 00:26:11
    ocasiones cuando la urgencia del caso lo
  • 00:26:14
    amerite y que pueda incluso dejarse
  • 00:26:17
    constancia de esa emergencia en el mismo
  • 00:26:20
    dictamen la comisión
  • 00:26:22
    puede elaborar el dictamen
  • 00:26:25
    correspondiente durante el desarrollo de
  • 00:26:27
    la misma sesión plenaria en la cual le
  • 00:26:30
    fue entregado o bien aprovechar y
  • 00:26:33
    solicitar más bien primero y aprovechar
  • 00:26:35
    un receso de la sesión plenaria para
  • 00:26:38
    reunirse emitir el dictamen y luego
  • 00:26:41
    presentar dentro de la misma sesión para
  • 00:26:45
    que en la misma agenda se vuelva se
  • 00:26:47
    modifique y se incluya la lectura de que
  • 00:26:52
    el dictamen
  • 00:26:53
    favorable es decir de que no esperamos a
  • 00:26:58
    que la comisión determine su forma de
  • 00:27:00
    actuar y sus reuniones que generalmente
  • 00:27:03
    son una vez cada semana sino que en la
  • 00:27:05
    misma sesión plenaria por la urgencia se
  • 00:27:08
    haga esta discusión lo más rápido
  • 00:27:10
    posible por lo cual a lo que llevaría
  • 00:27:13
    posteriormente es que el presidente de
  • 00:27:15
    la asamblea dé a conocer que ya existe
  • 00:27:18
    dictamen que se emitió en
  • 00:27:21
    en el lapso de la misma sesión plenaria
  • 00:27:24
    y se somete ya la discusión de las de
  • 00:27:28
    los 84 diputados para pasar a la sub
  • 00:27:31
    etapa decisoria
  • 00:27:33
    pero hay o todavía un caso más en donde
  • 00:27:36
    haya una extrema urgencia aquí sólo
  • 00:27:39
    hablamos de urgencia pero aquí es de
  • 00:27:42
    extrema urgencia algo que que sea
  • 00:27:45
    realmente necesario que no puede dársele
  • 00:27:48
    más espera y es que cuando inicia la
  • 00:27:51
    sesión plenaria y ya se ha probado la
  • 00:27:53
    agenda etcétera puede solicitarse por
  • 00:27:56
    algunos de los diputados que en esos
  • 00:28:00
    casos de extrema urgencia
  • 00:28:01
    se ocupe la figura que se conoce como la
  • 00:28:05
    dispensa de trámites la dispensa de
  • 00:28:09
    trámites consiste básicamente en que por
  • 00:28:11
    esa urgencia es necesario saltarnos todo
  • 00:28:16
    el trabajo de análisis y debate en las
  • 00:28:19
    comisiones legislativas para proceder
  • 00:28:22
    únicamente a analizarlo y debatirlo
  • 00:28:26
    en el pleno legislativo por lo tanto el
  • 00:28:29
    diputado que solicita la dispensa de
  • 00:28:32
    trámites debe de fundamentar la debe de
  • 00:28:35
    acompañar ya el texto propuesto del
  • 00:28:38
    proyecto que se desea aprobar y esto
  • 00:28:41
    luego se somete a aprobación del pleno
  • 00:28:43
    legislativo para que determine los 84
  • 00:28:47
    diputados si debe de emitirse el
  • 00:28:51
    análisis en la comisión y aprobar la
  • 00:28:54
    dispensa de trámites o si por el
  • 00:28:56
    contrario consideran que no es urgente o
  • 00:28:59
    no se fundamentó adecuadamente y por lo
  • 00:29:01
    tanto no procede la dispensa de trámites
  • 00:29:03
    y si debería de hacerse todo el trabajo
  • 00:29:05
    de la comisión en caso entonces de que
  • 00:29:09
    se apruebe la dispensa de trámites eso
  • 00:29:11
    nos lleva directamente a la sub etapa
  • 00:29:15
    decisoria que es en la cual continuamos
  • 00:29:18
    esta sub etapa se encuentra desarrollada
  • 00:29:22
    principalmente en los artículos 92 del
  • 00:29:24
    reglamento interior de la asamblea
  • 00:29:26
    legislativa y los artículos 134 y 135 de
  • 00:29:30
    la constitución
  • 00:29:32
    una vez ya se ha dado a conocer los
  • 00:29:36
    dictámenes
  • 00:29:37
    que ya se aprobó la dispensa de trámites
  • 00:29:40
    pues el pleno legislativo procede a
  • 00:29:43
    discutir y a votar es muy importante
  • 00:29:48
    aquí que se le da un plazo digamos se le
  • 00:29:51
    da la palabra y si no hay uso de la
  • 00:29:53
    palabra pues se procede directamente a
  • 00:29:56
    votar pero muy importante que previo al
  • 00:29:59
    voto haya una discusión siempre porque
  • 00:30:02
    aquí ya participan los 84 diputados y no
  • 00:30:05
    solamente los miembros de la comisión
  • 00:30:07
    que analizaron y emitieron el dictamen
  • 00:30:09
    entonces una vez que se hace la votación
  • 00:30:13
    que debe de ser nominal y pública es
  • 00:30:16
    decir que todos tenemos la capacidad de
  • 00:30:19
    ver con nombre y apellido que diputado
  • 00:30:22
    voto y de la forma en que votó si fue a
  • 00:30:25
    favor en contra o si 7 estuvo
  • 00:30:29
    y al analizar esto tenemos que ver si se
  • 00:30:32
    obtuvieron los votos necesarios para
  • 00:30:35
    poder aprobar la ley cuáles son los
  • 00:30:38
    votos necesarios pues las reglas
  • 00:30:40
    generales que se requieren la mayoría
  • 00:30:41
    simple es decir la mitad más uno en este
  • 00:30:46
    caso si son 84 diputados tenemos que la
  • 00:30:49
    mitad son 42 diputados más 1 tenemos una
  • 00:30:54
    mayoría simple de 43 diputados y
  • 00:30:58
    excepcionalmente se requiere de mayoría
  • 00:31:00
    calificada para por ejemplo cuando se
  • 00:31:03
    deben de aprobar ciertos préstamos
  • 00:31:05
    internos cuando se requieren también
  • 00:31:09
    aprobar un régimen de excepción y
  • 00:31:12
    también se puede hablar incluso de
  • 00:31:15
    cierta mayoría en la cual se requieren
  • 00:31:19
    todavía más diputados para ver
  • 00:31:22
    la creación de d
  • 00:31:26
    de normativa para regular las escuchas e
  • 00:31:29
    intervenciones telefónicas pero por lo
  • 00:31:31
    general la mayoría calificada de las dos
  • 00:31:34
    terceras partes de los diputados es
  • 00:31:36
    decir con con 56 votos favorables y
  • 00:31:40
    también el otro caso excepcional es que
  • 00:31:43
    pueda requerirse las tres cuartas partes
  • 00:31:46
    de los votos de los diputados pero la
  • 00:31:49
    regla general es que sea mayoría simple
  • 00:31:52
    y en los casos previstos en los
  • 00:31:56
    artículos 24 29 y 148 de la constitución
  • 00:31:59
    una mayoría calificada entonces
  • 00:32:04
    analizando esto las opciones que podemos
  • 00:32:06
    tener obviamente es si si se obtuvieran
  • 00:32:09
    los votos necesarios o no no se
  • 00:32:11
    obtuvieron los votos necesarios qué pasa
  • 00:32:14
    si se obtuvieron que lo que esperamos
  • 00:32:16
    para el proceso de formación de ley pues
  • 00:32:19
    se formula el decreto legislativo en
  • 00:32:21
    tres ejemplares de modo que por ejemplo
  • 00:32:26
    en este caso
  • 00:32:29
    suponiendo que en la votación y en la
  • 00:32:33
    discusión se hayan hecho modificaciones
  • 00:32:35
    al dictamen
  • 00:32:37
    o que se haya aprobado el dictamen
  • 00:32:39
    íntegramente esto ya tiene que
  • 00:32:41
    formularse como un decreto donde se deja
  • 00:32:44
    sólo el hablo el articulado en tres
  • 00:32:47
    ejemplares de los cuales los tienen que
  • 00:32:49
    firmar al menos la mitad más uno de los
  • 00:32:53
    miembros de junta directiva y porque se
  • 00:32:56
    tienen que firmar tres ejemplares pues
  • 00:32:59
    simple y sencillamente porque la
  • 00:33:02
    asamblea legislativa tiene que guardar
  • 00:33:04
    uno de esos ejemplares ya para sus
  • 00:33:06
    documentos institucionales y los otros
  • 00:33:10
    dos los tiene que enviar al presidente
  • 00:33:11
    de la república en un plazo no mayor a
  • 00:33:15
    diez días hábiles porque así se
  • 00:33:19
    habilitaría ya la tercera y última etapa
  • 00:33:21
    del proceso de formación de ley que es
  • 00:33:24
    la fase integradora de eficacia pero
  • 00:33:27
    bien nos falta analizar qué es lo que
  • 00:33:29
    pasa si no se obtuvieron los votos
  • 00:33:31
    favorables necesarios
  • 00:33:34
    en ese caso pues se somete a votación si
  • 00:33:37
    el proyecto debe de ser devuelto a la
  • 00:33:39
    comisión para que regrese otra vez a la
  • 00:33:43
    primera sub etapa de la fase
  • 00:33:44
    constitutiva central
  • 00:33:46
    y así modificarlo de acuerdo con las
  • 00:33:50
    observaciones que haya dado la el mismo
  • 00:33:52
    pleno legislativo o pueden someter a
  • 00:33:55
    votación según las propuestas de los
  • 00:33:57
    mismos diputados que se archive porque
  • 00:34:01
    ven que ya no es conveniente ni
  • 00:34:02
    procedente poder emitir esa ley o esa
  • 00:34:06
    reforma o derogatoria o interpretación
  • 00:34:08
    auténtica en caso de que se devuelva la
  • 00:34:11
    comisión pues repetimos la sub etapa de
  • 00:34:14
    instrucción
  • 00:34:15
    para y luego repetimos otra vez las v
  • 00:34:19
    etapa decisoria para obtener la
  • 00:34:22
    aprobación del pleno legislativo y así
  • 00:34:24
    poder llegar a la fase integradora de
  • 00:34:26
    eficacia claro está siempre firmando los
  • 00:34:31
    respectivos decretos y enviándolo al
  • 00:34:34
    presidente de la república pero en caso
  • 00:34:36
    de que decida archivar se el proceso va
  • 00:34:39
    a finalizar ahí sin ningún resultado y
  • 00:34:41
    de acuerdo con el artículo 143 de la
  • 00:34:44
    constitución lo que genera el archivo es
  • 00:34:47
    que ese mismo proyecto de ley ya no
  • 00:34:50
    podrá ser estudiado por la asamblea
  • 00:34:53
    legislativa sino hasta después de que
  • 00:34:56
    hayan transcurrido como mínimo seis
  • 00:34:58
    meses
  • 00:35:00
    y eso es prácticamente la consecuencia
  • 00:35:03
    lo que quiero dejar bien claro aquí es
  • 00:35:05
    que la no aprobación no implica de forma
  • 00:35:08
    automática que se va al archivo sino que
  • 00:35:11
    el archivo debe de ser siempre votado
  • 00:35:14
    por el pleno legislativo o de lo
  • 00:35:17
    contrario también la otra opción es que
  • 00:35:19
    se devuelva la comisión para que siga
  • 00:35:21
    con su análisis y se emita un nuevo
  • 00:35:24
    dictamen
  • 00:35:26
    ahora bien pasando entonces a la fase
  • 00:35:30
    integradora de eficacia en esta ya
  • 00:35:33
    digamos que el protagonismo no lo adopta
  • 00:35:35
    la asamblea legislativa sino más bien el
  • 00:35:38
    presidente de la república en el órgano
  • 00:35:40
    ejecutivo y esto se desarrolla ya con
  • 00:35:44
    más fuerza en los artículos 135 al 142
  • 00:35:48
    de la constitución de la república y es
  • 00:35:52
    que básicamente cuando el presidente
  • 00:35:54
    recibe los dos ejemplares éste tiene la
  • 00:35:58
    obligación de analizarlos y emitir una
  • 00:36:02
    respuesta en ocho días hábiles sobre el
  • 00:36:06
    decreto y las posibles respuestas que
  • 00:36:09
    puede emitir son devolver con
  • 00:36:11
    observaciones
  • 00:36:13
    vetarlo o sancionar
  • 00:36:17
    y ya vamos a hablar de cada una de ellos
  • 00:36:20
    vámonos primero con la más fácil y es
  • 00:36:23
    como que si todo el proceso va caminando
  • 00:36:26
    de la mejor manera
  • 00:36:29
    el presidente decide sancionar
  • 00:36:31
    con sanción no nos referimos a que el
  • 00:36:35
    presidente regaña al proyecto de ley en
  • 00:36:38
    este caso ya decretos legislativos
  • 00:36:40
    porque les dice un malo malo decreto
  • 00:36:43
    malo no sancionar no es esos sancionar
  • 00:36:46
    es
  • 00:36:47
    aprobar el presidente de la república
  • 00:36:50
    entonces
  • 00:36:51
    aprueba
  • 00:36:54
    el decreto legislativo
  • 00:36:56
    y debe de promulgarlo y publicarlo en el
  • 00:37:01
    diario oficial en no más de 15 días
  • 00:37:05
    hábiles
  • 00:37:06
    aquí en el salvador la promulgación
  • 00:37:10
    lastimosamente se entiende al mismo
  • 00:37:13
    tiempo que cuando se ha publicado en el
  • 00:37:15
    diario oficial porque se supone que
  • 00:37:17
    todos como buenos ciudadanos todos los
  • 00:37:20
    días leemos el diario oficial
  • 00:37:24
    pero es como el artículo 8 del código
  • 00:37:28
    civil dice que no podemos alegar
  • 00:37:30
    desconocimiento de la ley pues se
  • 00:37:32
    presume que todos vemos el diario
  • 00:37:34
    oficial a diario por eso se ve que y se
  • 00:37:36
    ha promulgado el deber ser sería en que
  • 00:37:39
    el órgano ejecutivo desarrolle campañas
  • 00:37:43
    de concientización y de educación para
  • 00:37:46
    asegurarse de que el mayor número
  • 00:37:48
    posible de ciudadanos
  • 00:37:50
    conozcan el contenido de la ley y
  • 00:37:53
    procedan a utilizar pero bueno eso es un
  • 00:37:57
    tema aparte que no ocurre actualmente en
  • 00:38:01
    el salvado
  • 00:38:02
    ojo aquí hablamos de un plazo de 15 días
  • 00:38:04
    y es que si el presidente de la
  • 00:38:07
    república no manda a publicar el decreto
  • 00:38:11
    ya sancionado
  • 00:38:15
    el diario oficial pues el presidente de
  • 00:38:18
    la asamblea legislativa podrá hacerlo
  • 00:38:22
    así no se detiene el proceso de
  • 00:38:26
    formación del eje por lo que una vez
  • 00:38:29
    publicado en el diario oficial tenemos
  • 00:38:33
    que esperar la vacación de la ley de
  • 00:38:35
    vacatio legis que sabemos que de acuerdo
  • 00:38:37
    con la constitución son como mínimo ocho
  • 00:38:41
    días seguidos o corridos al contado a
  • 00:38:44
    partir del día siguiente en que fue
  • 00:38:47
    publicado en el diario oficial para
  • 00:38:48
    todas aquellas normas con vigencia
  • 00:38:51
    indeterminada si no conocen que es una
  • 00:38:54
    norma con vigencia indeterminada les
  • 00:38:56
    dejo en la parte de arriba otro vídeo
  • 00:38:59
    donde desarrollamos los ámbitos de
  • 00:39:01
    validez y hablamos precisamente de este
  • 00:39:05
    aspecto en el ámbito temporal de validez
  • 00:39:08
    de las normas jurídicas
  • 00:39:10
    entonces si estamos ante una norma de
  • 00:39:12
    vigencia
  • 00:39:13
    indeterminada deben de transcurrir como
  • 00:39:16
    mínimo ocho días y si estamos ante una
  • 00:39:19
    norma de vigencia determinada o
  • 00:39:22
    transitoria entonces la ley
  • 00:39:25
    de entrar en vigencia
  • 00:39:27
    inmediatamente el mismo día en que fue
  • 00:39:30
    publicada en el diario oficial lo cual
  • 00:39:33
    entonces ya nos dejaría el cuarto
  • 00:39:35
    aspecto que es la entrada en vigencia de
  • 00:39:38
    la ley pero como mencionamos en un
  • 00:39:41
    inicio eso ya no es parte del proceso de
  • 00:39:44
    formación de ley sino más bien de la
  • 00:39:47
    ejecución y aplicación de la misma por
  • 00:39:49
    lo que ya no lo estudiaremos en este
  • 00:39:51
    vídeo
  • 00:39:53
    adicionalmente ya que hablamos de plazos
  • 00:39:56
    mencionamos que el presidente tiene que
  • 00:39:59
    realizar el examen en ocho días del
  • 00:40:02
    decreto legislativo y tomar una decisión
  • 00:40:05
    pero qué pasa si el presidente de la
  • 00:40:09
    república no dice nada
  • 00:40:13
    qué ocurre si el presidente simple y
  • 00:40:16
    sencillamente guardó silencio o se le
  • 00:40:19
    pasó el plazo si transcurren entonces
  • 00:40:22
    esos ocho días sin respuesta
  • 00:40:24
    automáticamente se entiende que lo ha
  • 00:40:28
    sancionado es como una especie de
  • 00:40:31
    silencio positivo en el que en esos ocho
  • 00:40:34
    días hábiles no dijo nada se entiende
  • 00:40:36
    automáticamente por sancionado y por lo
  • 00:40:39
    tanto estará obligado a promulgar y
  • 00:40:41
    publicar la ley en el diario oficial y
  • 00:40:44
    de igual forma si quince días hábiles no
  • 00:40:46
    lo ha hecho entonces el presidente de la
  • 00:40:49
    asamblea legislativa podrá publicar o
  • 00:40:52
    mandar a publicar el texto de él el
  • 00:40:56
    decreto legislativo en el diario oficial
  • 00:40:59
    entonces algo más que debemos de
  • 00:41:02
    recordar es que en la sanción
  • 00:41:03
    presidencial recordemos que el
  • 00:41:05
    presidente recibió dos
  • 00:41:07
    recibió dos proyectos o decretos
  • 00:41:11
    firmados uno de ellos lo va a guardar en
  • 00:41:14
    su propio archivo institucional el otro
  • 00:41:18
    lo va a devolver a la asamblea
  • 00:41:20
    legislativa ya sancionado y va a mandar
  • 00:41:24
    a publicar el texto
  • 00:41:27
    del decreto legislativo
  • 00:41:29
    sancionado al diario oficial y eso es a
  • 00:41:33
    lo que se refiere entonces la
  • 00:41:35
    constitución y ahí vemos los usos de los
  • 00:41:38
    tres ejemplares que se firmaron que uno
  • 00:41:41
    quedó en la asamblea legislativa
  • 00:41:42
    aprobado otro le queda ya al presidente
  • 00:41:47
    de la republica sancionado y el otro le
  • 00:41:50
    es devuelto a la asamblea legislativa
  • 00:41:52
    también sancionado
  • 00:41:55
    bien vamos a ver entonces ahora otra de
  • 00:41:58
    las posibles decisiones y es que lo
  • 00:42:00
    puede devolver con observaciones la
  • 00:42:03
    devolución con observaciones ocurre
  • 00:42:04
    cuando el presidente ha detectado que
  • 00:42:07
    existen en el decreto legislativo
  • 00:42:10
    errores que deben de considerarse como
  • 00:42:13
    por ejemplo hay unas palabras mal
  • 00:42:15
    escritas como por ejemplo que
  • 00:42:18
    se en la derogatoria se incluyeron
  • 00:42:22
    accidentalmente algunos artículos o
  • 00:42:24
    disposiciones equivocadas o por ejemplo
  • 00:42:26
    que hicieron falta incluir algunas cosas
  • 00:42:30
    porque él encontró ciertas
  • 00:42:32
    contradicciones en los cuerpos en los
  • 00:42:35
    artículos del cuerpo normativo y por lo
  • 00:42:38
    tanto manda a que se sean corregidos
  • 00:42:41
    también puede encontrar posibles vacíos
  • 00:42:43
    que se generarían con la implementación
  • 00:42:45
    de la ley y todo eso le dice mire hay
  • 00:42:48
    problemas con esto arregle la única y
  • 00:42:52
    sencillamente para con el objetivo
  • 00:42:54
    entonces de mejorar entonces lo que
  • 00:42:58
    consiste esto es que el presidente
  • 00:43:01
    observado el decreto legislativo a la
  • 00:43:04
    asamblea legislativa y luego la asamblea
  • 00:43:07
    legislativa básicamente tiene que que
  • 00:43:10
    volver a seguir todo el proceso que ya
  • 00:43:13
    hablamos en la en la fase número dos de
  • 00:43:17
    que la junta directiva recibe el decreto
  • 00:43:20
    observado la agenda lo remite nuevamente
  • 00:43:23
    la comisión que lo estudió y se espera
  • 00:43:25
    que ésta pueda emitir un nuevo dictamen
  • 00:43:28
    luego emiten el dictamen y se agenda
  • 00:43:32
    nuevamente por la junta directiva luego
  • 00:43:35
    se somete otra vez a conocimiento del
  • 00:43:37
    pleno se somete a votación y aquí ya
  • 00:43:39
    viene entonces lo importante en esta
  • 00:43:41
    etapa y es que la asamblea legislativa
  • 00:43:43
    puede que
  • 00:43:45
    reconsidere
  • 00:43:48
    o puede que no lo reconsidere lo que el
  • 00:43:52
    presidente le ha dado en sus
  • 00:43:54
    observaciones
  • 00:43:55
    entonces por ejemplo si dicen no obtiene
  • 00:43:59
    razón el presidente y pero al hacer esos
  • 00:44:01
    cambios consideramos que ya es muy
  • 00:44:04
    complejo entonces pueden emitir un
  • 00:44:06
    dictamen desfavorable para que ya no se
  • 00:44:09
    emita la ley o puede simple y
  • 00:44:13
    sencillamente que se hagan los cambios
  • 00:44:15
    pero que al momento de someterlo a
  • 00:44:18
    votación del pleno ya el de los 84
  • 00:44:21
    diputados no estén de acuerdo con el
  • 00:44:23
    nuevo texto y por lo tanto no ratifiquen
  • 00:44:26
    el texto de la ley ya con las
  • 00:44:29
    observaciones incorporadas ya sea que no
  • 00:44:33
    les pareció el que se incorporarán todas
  • 00:44:35
    las observaciones o porque se
  • 00:44:37
    incorporaron sólo parcialmente algunas
  • 00:44:39
    observaciones etcétera en ese caso lo
  • 00:44:42
    que procederá muy probablemente es que
  • 00:44:45
    también se someta a votación para que
  • 00:44:47
    sea archivado pero en caso de que si se
  • 00:44:51
    reconsidere
  • 00:44:53
    total o parcialmente las observaciones
  • 00:44:55
    del presidente digamos que si el
  • 00:44:56
    presidente mando 10 observaciones
  • 00:45:00
    puede que adopten las 10 observaciones o
  • 00:45:03
    solo
  • 00:45:04
    9 o menos de ellas ahí es una considera
  • 00:45:07
    reconsideración parcial y procede a
  • 00:45:10
    someterse a votación y el pleno lo
  • 00:45:12
    ratifica cuando eso ocurre obviamente
  • 00:45:16
    aquí me van a necesitar la misma
  • 00:45:19
    cantidad de votos favorables
  • 00:45:22
    que ocuparon inicialmente para aprobar
  • 00:45:25
    el decreto legislativo si fue por
  • 00:45:28
    mayoría simple pues necesitan mayoría
  • 00:45:30
    simple si fue por mayoría calificada
  • 00:45:32
    lo lo mínimo necesario vuelven a
  • 00:45:36
    necesitar como mínimo mayoría calificada
  • 00:45:38
    pero como dijimos la regla general es
  • 00:45:41
    mayoría siempre a raíz de esto entonces
  • 00:45:44
    se le devuelve al presidente de la
  • 00:45:46
    república quien en ese caso
  • 00:45:49
    no tendrá más remedio ni opción que
  • 00:45:52
    sancionar promulgar y publicar el
  • 00:45:56
    decreto legislativo
  • 00:45:59
    cabe aclarar entonces que el presidente
  • 00:46:01
    no no lo voy a vetar o no lo voy a
  • 00:46:04
    devolver con más observaciones no tiene
  • 00:46:08
    que sancionarlo y aplicó otra vez el
  • 00:46:10
    hecho de que tiene ocho días para poder
  • 00:46:13
    emitir su sanción y de igual forma si no
  • 00:46:16
    lo hace en ocho días entiende que está
  • 00:46:17
    sancionado
  • 00:46:19
    automáticamente y bien digamos que estos
  • 00:46:22
    son pues las las sube etapas de la fase
  • 00:46:26
    integradora de eficacia más fáciles así
  • 00:46:29
    que nos corresponde
  • 00:46:31
    comenzará a ver una un poco más compleja
  • 00:46:35
    y es precisamente vamos a eliminar todo
  • 00:46:38
    eso para facilitar el veto
  • 00:46:42
    el veto el veto es básicamente la opción
  • 00:46:46
    que tiene el presidente de la república
  • 00:46:47
    para suspender el proceso de formación
  • 00:46:51
    de ley y claro está que puede la
  • 00:46:54
    asamblea legislativa superar ese veto o
  • 00:46:56
    no superarlo entonces en el veto el veto
  • 00:47:00
    puede ser por inconveniencia o puede ser
  • 00:47:03
    por inconstitucionalidad vamos a empezar
  • 00:47:06
    por el más fácil el de inconveniencia
  • 00:47:09
    un veto por inconveniencia se puede dar
  • 00:47:12
    cuando a criterio del presidente de la
  • 00:47:14
    republica una ley puede hacer como su
  • 00:47:17
    nombre lo indica inconveniente ya sea
  • 00:47:19
    por razones políticas por razones
  • 00:47:22
    económicas por razones sociales por
  • 00:47:25
    razones de salud pública etcétera aquí
  • 00:47:30
    cabe una gran cantidad de posibilidades
  • 00:47:33
    que prácticamente es una decisión
  • 00:47:35
    política que la constitución le ha
  • 00:47:37
    conferido al presidente de la república
  • 00:47:40
    entonces debe de fundamentar porque lo
  • 00:47:44
    ve está porque es inconveniente y lo
  • 00:47:46
    devuelve a la asamblea legislativa y
  • 00:47:49
    otra vez se repite el proceso que ya
  • 00:47:51
    dijimos la comisión lo estudia emite un
  • 00:47:54
    nuevo dictamen y se somete a
  • 00:47:57
    conocimiento del pleno legislativo
  • 00:47:59
    puede entonces aquí
  • 00:48:02
    no se supere el veto ya sea
  • 00:48:08
    había por ejemplo un dictamen
  • 00:48:10
    desfavorable en el cual dijeron no tiene
  • 00:48:12
    razón es inconveniente ya no lo
  • 00:48:14
    aprobemos
  • 00:48:16
    porque había un dictamen favorable
  • 00:48:19
    de superar el veto
  • 00:48:22
    digamos que puede puede ser que se
  • 00:48:24
    adoptaran algunos cambios que proponía
  • 00:48:26
    el presidente para superar la
  • 00:48:28
    inconveniencia o que no se adoptaban y
  • 00:48:31
    por lo tanto el pleno legislativo no lo
  • 00:48:34
    aprueba y muy seguramente eso es lo que
  • 00:48:37
    va a generar es que se vote también por
  • 00:48:40
    archivar ese proyecto de ley y ya se
  • 00:48:43
    perdió todo nuevamente el proceso pero
  • 00:48:46
    en caso de que se supere el veto que
  • 00:48:51
    para este caso
  • 00:48:52
    necesariamente siempre ante un veto ya
  • 00:48:56
    sea por inconveniencia por
  • 00:48:58
    inconstitucionalidad se requerirá como
  • 00:49:01
    mínimo las dos terceras partes de los
  • 00:49:04
    votos favorables de los diputados es
  • 00:49:06
    decir 56 votos favorables si se supera
  • 00:49:11
    el veto a través de un dictamen
  • 00:49:13
    favorable ya sea en el que le dice el
  • 00:49:16
    presidente
  • 00:49:18
    no consideramos de que es inconveniente
  • 00:49:20
    para nada no le damos la razón o
  • 00:49:23
    presidente tiene razón
  • 00:49:25
    hemos hecho cambios en y por lo cual con
  • 00:49:28
    estos cambios consideramos de que ya no
  • 00:49:30
    es inconveniente y por lo tanto
  • 00:49:32
    superamos el el veto con estos nuevos
  • 00:49:35
    cambios
  • 00:49:37
    no tiene más remedio el presidente más
  • 00:49:40
    que obviamente en este caso pues
  • 00:49:43
    sancionar promulgar y publicar porque ya
  • 00:49:46
    se superó el veto como les decía el veto
  • 00:49:50
    es únicamente con efectos suspensivos y
  • 00:49:53
    no definitivos la asamblea va a tener en
  • 00:49:56
    este caso siempre pues la última palabra
  • 00:50:00
    ahora bien eliminamos estas rayitas de
  • 00:50:03
    acá porque así nos abundó el espacio
  • 00:50:07
    y vamos a hablar ahora sobre el veto por
  • 00:50:09
    inconstitucionalidad en qué consiste
  • 00:50:13
    pues básicamente aquí si el presidente
  • 00:50:16
    de la república ya no es una decisión
  • 00:50:19
    política sino que tiene que fundamentar
  • 00:50:22
    que el proyecto de ley el decreto que
  • 00:50:26
    recibió a su criterio es
  • 00:50:29
    inconstitucional ya sea por razón de la
  • 00:50:33
    materia
  • 00:50:33
    porque contraviene algún principio
  • 00:50:37
    constitucional por ejemplo o por razón
  • 00:50:40
    de la forma es decir porque ha detectado
  • 00:50:44
    que de todas las dos fases anteriores
  • 00:50:48
    que se han ejecutado no se respecto a
  • 00:50:52
    alguno de los pasos y por lo tanto no
  • 00:50:56
    es acorde el procedimiento ejecutado con
  • 00:50:59
    el que determina la constitución de la
  • 00:51:02
    república si es así fundamentando ya sea
  • 00:51:06
    por inconstitucionalidad de forma y o
  • 00:51:10
    inconstitucionalidad de fondo o por la
  • 00:51:12
    materia lo devuelve a la asamblea
  • 00:51:15
    legislativa repetimos el mismo cuento
  • 00:51:17
    pueden que no superen el veto y puede
  • 00:51:20
    que se vaya a archivar o puede que digan
  • 00:51:23
    efectivamente hay algo que nos parece
  • 00:51:27
    inconstitucional no lo habíamos
  • 00:51:29
    detectado se generan los cambios se
  • 00:51:32
    supera el veto o por el contrario le
  • 00:51:34
    dice el señor presidente discúlpeme pero
  • 00:51:36
    no aquí no hay ninguna
  • 00:51:39
    inconstitucionalidad usted está
  • 00:51:41
    equivocado y vea nosotros con las dos
  • 00:51:44
    terceras partes de los votos que
  • 00:51:46
    superamos su veto y se lo mandamos de
  • 00:51:49
    regreso pero
  • 00:51:51
    aquí ya no es que el presidente va a
  • 00:51:55
    sancionarlo directamente sino que si le
  • 00:51:58
    devuelven un veto superado por
  • 00:52:02
    inconstitucionalidad pues el presidente
  • 00:52:05
    lo recibe y luego le remite
  • 00:52:09
    a la sala de lo constitucional el
  • 00:52:11
    decreto
  • 00:52:13
    argumentando aquí ya sus motivos por los
  • 00:52:16
    que considera que inconstitucional aún
  • 00:52:19
    con los cambios o por ejemplo también si
  • 00:52:21
    no realizó ningún cambio en la asamblea
  • 00:52:23
    legislativa por lo cual debe de ser la
  • 00:52:27
    sala de lo constitucional quien tendrá
  • 00:52:30
    la última palabra
  • 00:52:32
    entonces la sala recibe en teoría la
  • 00:52:37
    constitución le da 15 días para el 15 de
  • 00:52:40
    avilés para tomar una decisión la sala
  • 00:52:41
    de lo constitucional
  • 00:52:45
    pero ahí está el plazo y debe de
  • 00:52:48
    respetarse y tiene dos opciones y es que
  • 00:52:51
    la sala puede declarar que efectivamente
  • 00:52:53
    ahí es inconstitucional y al ser
  • 00:52:56
    declarada inconstitucional por la
  • 00:52:58
    asamblea legislativa no tendrá más
  • 00:53:00
    remedio que archivar la
  • 00:53:02
    pero si declara que es
  • 00:53:05
    constitucional es decir
  • 00:53:08
    no le da la razón al presidente
  • 00:53:10
    determinando que no existe una
  • 00:53:13
    inconstitucionalidad entonces ahí si el
  • 00:53:17
    presidente no tendrá más remedio que
  • 00:53:21
    sancionar promulgar y publicar en el
  • 00:53:25
    diario oficial
  • 00:53:27
    y así entonces es como finalizaría el
  • 00:53:31
    proceso de formación del eje y bueno con
  • 00:53:37
    eso entonces terminamos la clase de hoy
  • 00:53:41
    hoy ha sido un poco más larga de lo
  • 00:53:43
    habitual en que el tema es bastante
  • 00:53:45
    complejo pero espero que sin duda alguna
  • 00:53:49
    esto sea de mucha utilidad para ustedes
  • 00:53:52
    si les ha gustado si les ha parecido
  • 00:53:55
    sencillo si les ha parecido algo
  • 00:53:57
    sumamente complejo si les quedó muy
  • 00:53:59
    claro si hay cosas que no le han quedado
  • 00:54:01
    claro pues les invito siempre a poder
  • 00:54:04
    utilizar los mecanismos que nos deja
  • 00:54:07
    youtube
  • 00:54:08
    ejemplo con su like para tener ya una
  • 00:54:10
    una buena señal de que le gustó eso y su
  • 00:54:13
    suscripción o también dejando en sus
  • 00:54:15
    comentarios
  • 00:54:15
    qué les ha parecido qué dudas tienen y
  • 00:54:19
    por supuesto de que podamos conversar y
  • 00:54:21
    generar también un espacio de debate
  • 00:54:24
    como buenos estudiantes del derecho así
  • 00:54:29
    es que con esto me despido por esta
  • 00:54:31
    ocasión les agradezco por su atención
  • 00:54:33
    estén pendientes de más vídeos que
  • 00:54:36
    subimos todas las semanas hasta la
  • 00:54:38
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