Acto Administrativo en el Derecho Administrativo

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Resumen

TLDRLos actos administrativos son declaraciones de entidades públicas que producen efectos jurídicos sobre derechos u obligaciones de los administrados en situaciones específicas. No se consideran actos administrativos aquellos destinados a administrar internamente las actividades de la entidad. Según la normativa, deben cumplir con diversos requisitos de validez, entre los que destacan: la competencia del órgano emisor, un contenido claro y legal, orientación a la finalidad pública, adecuada motivación, y seguir un procedimiento regular. La falta de competencia o discrecionalidad excesiva puede invalidar el acto. Las notificaciones relacionadas deberán seguir una secuencia legal estricta, pudiendo realizarse incluso vía electrónica bajo ciertas condiciones. Los actos se vuelven eficaces desde su adecuada notificación y pueden tener efectos retroactivos o estar sujetos a ciertos modos o términos mientras no vayan en contra del fin público o derechos de terceros.

Para llevar

  • 📜 Los actos administrativos son declaraciones de entidades públicas.
  • 🔍 No incluyen actos de administración interna de una entidad.
  • ⚖️ Deben cumplir con requisitos legales estrictos para ser válidos.
  • 🏛️ La competencia es crucial para la emisión de un acto válido.
  • ✉️ Las notificaciones pueden ser electrónicas bajo condiciones específicas.
  • 💼 Buscan crear o modificar derechos y obligaciones jurídicas.
  • 🖊️ Su motivación debe basarse en hechos y razones jurídicas probadas.
  • ✔️ Un acto es eficaz tras ser notificado adecuadamente.
  • ⏳ Pueden tener efectos anteriores si favorecen al administrado sin afectar derechos ajenos.
  • 🗂️ Deben constar por escrito, salvo excepciones legales especiales.

Cronología

  • 00:00:00 - 00:05:00

    Los actos administrativos son declaraciones de entidades públicas que buscan crear, modificar o extinguir relaciones jurídicas con efectos sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados. No son actos administrativos las acciones internas de organización dentro de una entidad. Estos deben tener una finalidad pública y no pueden beneficiar de manera indirecta intereses personales del funcionario emisor. La ley 27444 regula estos actos, estableciendo que deben ser expresos y correctamente motivados, asegurando su validez y los efectos jurídicos deseados.

  • 00:05:00 - 00:10:00

    Los actos administrativos son unilaterales y no requieren la aprobación del administrado. Se realizan peticiones a través de procedimientos administrativos formales, aunque las condiciones deben ser claras y justificadas. La motivación del acto debe ser explícita y basada en hechos y razones jurídicas específicas. Existen excepciones en la motivación para decisiones de mero trámite, solicitudes aprobadas sin perjudicar terceros, y múltiples actos similares. Los requisitos para la validez incluyen competencia, objeto claro, finalidad pública, motivación adecuada, y un procedimiento regular previo a la emisión.

  • 00:10:00 - 00:16:18

    La competencia administrativa se refiere a la capacidad de las entidades públicas para emitir actos según su ámbito de responsabilidad. Un acto emitido por una entidad incompetente es inválido. Las notificaciones deben ser personales o públicas, siguiendo un orden establecido para garantizar la validez. La notificación electrónica es válida si el administrado da su autorización. La eficacia del acto se da desde la notificación, y puede tener eficacia anticipada si es favorable al administrado sin perjudicar a terceros. La autoridad está dispensada de notificar si el acto se conoce espontáneamente por el administrado.

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Preguntas frecuentes

  • ¿Qué es un acto administrativo?

    Es una declaración de las entidades públicas conforme a normas de derecho público, destinada a producir efectos jurídicos sobre los derechos y obligaciones de los administrados en situaciones concretas.

  • ¿Qué no se considera un acto administrativo?

    No son considerados actos administrativos aquellos actos de administración interna que organizan o hacen funcionar actividades o servicios de una entidad.

  • ¿Cuál es la finalidad de un acto administrativo?

    La finalidad es crear, modificar o extinguir relaciones jurídicas que produzcan eficacia legal cumpliendo con las formalidades requeridas.

  • ¿Cuáles son los requisitos de validez de un acto administrativo?

    Competencia, objeto o contenido claro, finalidad pública, motivación adecuada y procedimiento regular.

  • ¿Qué implica la competencia en los actos administrativos?

    Se refiere a la capacidad de un órgano público para emitir un acto dentro de sus funciones asignadas y en el ámbito que le corresponde.

  • ¿Cómo debe ser expresado un acto administrativo?

    Deben expresarse por escrito, aunque puede haber excepciones dependiendo de la naturaleza del caso según el ordenamiento jurídico.

  • ¿Qué es la motivación en un acto administrativo?

    Es una justificación basada en hechos probados y razones jurídicas que explican las decisiones tomadas en el acto.

  • ¿Cuándo un acto administrativo es considerado eficaz?

    Es eficaz desde la notificación legalmente realizada a los administrados, salvo que se disponga diferente.

  • ¿Se pueden modificar o condicionar actos administrativos?

    Sí, pueden ser sometidos a condiciones, términos o modos compatibles con el ordenamiento legal para asegurar el cumplimiento de su fin público.

  • ¿Pueden las notificaciones de actos administrativos realizarse por correo electrónico?

    Sí, si el administrado ha autorizado este método y se cumplen los requisitos legales para asegurar la recepción.

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    son actos administrativos las
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    declaraciones de las entidades que en el
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    marco de normas de derecho público están
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    destinadas a producir efectos jurídicos
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    sobre los intereses obligaciones o
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    derechos de los administrados dentro de
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    una situación concreta no son actos
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    administrativos los actos de
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    administración interna de las entidades
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    destinados a organizar o hacer funcionar
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    sus propias actividades o servicios
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    estos actos son regulados por cada
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    entidad con sujeción a las disposiciones
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    del título preliminar de esta ley y de
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    aquellas normas que expresamente así lo
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    establezcan los comportamientos y
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    actividades materiales de las
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    entidades el derecho administrativo se
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    materializa principalmente por estas
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    eh actuaciones que la la función pública
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    debe realizar para cumplir sus funciones
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    eh el acto administrativo es un acto
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    jurídico conforme se establece en el
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    artículo 140 del código civil en la cual
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    se de la cual se deriva en que significa
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    toda manifestación de la voluntad ya sea
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    expresa o tácita que realiza un
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    funcionario público en ejercicio de sus
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    funciones el fin del acto administrativo
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    es el que se encuentra destinado a crear
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    eh modificar o extinguir relaciones
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    jurídicas que tienen consecuencia y
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    producen eficacia cuando se cumple con
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    las formalidades debidas de acuerdo al
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    artículo primero de la ley
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    27444 que es la ley que siempre les dije
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    que debemos tenerla presente para el
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    desarrollo de este curso el acto
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    administrativo es la declaración que
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    realiza una entidad de la Administración
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    pública en el marco de las normas del
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    derecho público está destinado a
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    producir efectos jurídicos sobre los
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    intereses obligaciones y derechos de los
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    administrados dentro de una situación
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    concreta es decir dentro de un
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    procedimiento específico que se ha
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    llevado efecto para solucionar reclamo
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    la demanda que haya efectuado el
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    administrado los requisitos la finalidad
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    pública implica que el acto
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    administrativo no puede ser emitido para
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    favorecer intereses personales del
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    funcionario que lo emite aún de manera
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    indirecta ni tampoco intereses
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    personales distintos a los previstos por
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    la norma legal que sustenta el acto esto
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    no quiere decir que un acto
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    administrativo no pueda ser emitido En
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    beneficio de un sujeto particular o que
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    no pueda satisfacer intereses personales
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    Porque esa es justamente la finalidad de
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    muchos actos administrativos la
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    satisfacción o el otorgamiento de
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    derechos a favor de determinadas
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    personas a lo que hace referencia la ley
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    cuando menciona la finalidad pública es
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    que el acto administrativo debe
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    perseguir una finalidad que en el fondo
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    es de carácter público porque las normas
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    que sustentan el acto no han sido
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    elaboradas para una persona en
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    particular sino para todas las personas
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    que se encuentren en el ámbito de
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    aplicación de dicha Norma un aspecto
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    importante de de este requisito de
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    validez Es que la ley señala que aún
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    cuando no existieran normas que señalen
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    la finalidad del acto los funcionarios
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    no pueden actuar con discrecionalidad
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    sino que deberán determinar la finalidad
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    pública del acto que están emitiendo en
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    función de los principios generales del
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    derecho
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    administrativo los actos administrativos
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    deberán expresarse por escrito salvo que
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    por la naturaleza y circunstancias del
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    caso el ordenamiento jurídico haya
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    previsto otra forma siempre que permita
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    tener constancia de su existencia el
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    acto escrito indica la fecha y lugar en
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    que es emitido denominación del órgano
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    del cual emana nombre y firma de la
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    autoridad interviniente cuando deban
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    emitirse varios actos administrativos de
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    la misma naturaleza podrá ser empleada
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    firma mecánica o integrarse en un solo
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    documento bajo una misma motivación
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    siempre que se individualiza los
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    administrados sobre los que recae los
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    efectos del acto para todos los efectos
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    subsiguientes los actos administrativos
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    serán considerados como actos
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    diferentes cuando una ley lo autorice la
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    autoridad mediante decisión expresa
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    puede someter el acto administrativo a
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    condición término o modo siempre que
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    dichos elementos incorporables al acto
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    sean compatibles con el ordenamiento
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    legal o cuando se trate de asegurar con
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    ellos el cumplimiento del fin público
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    que persigue el acto una modalidad
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    accesoria no puede ser aplicada contra
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    el fin perseguido por el acto
  • 00:04:35
    administrativo la motivación y cuál es
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    el fin del acto administrativo como
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    hemos señalado es reconocer derechos
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    derechos los administrados que que
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    peticion Y recurren ante la
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    administración pública no muchos el
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    estado está obligado y toda persona
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    tiene
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    acceso a solicitar y y a pedir que se le
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    reconozcan derecho o también podría
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    extinguir algunos intereses que han sido
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    ya
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    eh que han quedado en
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    caducidad o también dentro del acto
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    administrativo se se se pide que se
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    modifiquen algunas obligaciones que
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    tienen los administrados los
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    administrados pues son todas las
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    personas que de alguna u otra manera
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    recurren a estas entidades que prestan
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    servicios que cumplen funciones que
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    desarrollan actividades que deben ser
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    efectuadas con eficacia con celeridad
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    con prontitud como hemos visto en los
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    principios y garantías que tiene el
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    debido proceso Especialmente los actos
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    administrativos Entonces es
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    una declaración eh de carácter
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    unilateral que realiza la autoridad no
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    la autoridad va a resolver el acto
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    administrativo y por la cual no es
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    necesario la voluntad o discrepancia del
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    administrado el administrado puede
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    incluso
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    discrepar en algunos casos también la
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    autoridad se da cuenta de los derechos y
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    debe solucionar de forma inmediata la
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    participación del magistrado eh se da a
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    través de una petición no una solicitud
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    por ejemplo no constituye un elemento
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    determinante
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    que que haya requisitos demasiado
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    formales hemos visto que uno de los
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    principios es la formalidad atenuada y y
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    toda institución tiene su texto único de
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    Procedimientos administrativos en la que
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    explican Cuáles son las condiciones
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    mínimas que debe tener toda petición
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    administrativa la motivación debe ser
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    expresa mediante una relación concreta y
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    directa de los hechos probados
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    relevantes del caso específico y la
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    exposición de las razones jurídicas y
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    normativas que con referencia directa a
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    los anteriores justifican el acto
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    adoptado puede motivarse mediante la
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    declaración de conformidad con los
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    fundamentos y conclusiones de anteriores
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    dictámenes decisiones o informes
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    obrantes en el expediente condición de
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    que se les identifique de modo certero y
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    que por esta situación constituyan parte
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    integrante del respectivo acto los
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    informes dictámenes o similares que
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    sirvan de fundamento a la decisión deben
  • 00:07:11
    ser notificados al administrado
  • 00:07:13
    conjuntamente con el acto
  • 00:07:15
    administrativo no son admisibles como
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    motivación la exposición de fórmulas
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    generales o vacías de fundamentación
  • 00:07:22
    para el caso concreto o aquellas
  • 00:07:23
    fórmulas que por su oscuridad vaguedad
  • 00:07:26
    contradicción o insuficiencia no
  • 00:07:28
    resulten específicamente esclarecedoras
  • 00:07:30
    para la motivación del acto no
  • 00:07:32
    constituye causal de nulidad el hecho de
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    que el superior jerárquico de la
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    autoridad que emitió el acto que se
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    impugna tenga una apreciación distinta
  • 00:07:39
    respecto de la valoración de los medios
  • 00:07:41
    probatorios o de la aplicación o
  • 00:07:43
    interpretación del derecho contenida en
  • 00:07:44
    dicho acto dicha apreciación distinta
  • 00:07:47
    debe Conducir a estimar parcial o
  • 00:07:49
    totalmente el recurso presentado contra
  • 00:07:51
    el acto impugnado no precisan motivación
  • 00:07:54
    los siguientes actos
  • 00:07:56
    6.4.1 las decisiones de mero trámite que
  • 00:07:59
    impulsan el procedimiento
  • 00:08:02
    6.4.2 cuando la autoridad estima
  • 00:08:04
    procedente lo pedido por el administrado
  • 00:08:06
    y el acto administrativo no perjudica
  • 00:08:08
    derechos de terceros
  • 00:08:10
    6.4.3 cuando la autoridad produce gran
  • 00:08:13
    cantidad de actos administrativos
  • 00:08:15
    sustancialmente iguales bastando la
  • 00:08:17
    motivación
  • 00:08:22
    única son requisitos de validez de los
  • 00:08:24
    actos administrativos uno competencia
  • 00:08:28
    ser emitido por el órgano o facultado en
  • 00:08:30
    razón de la materia territorio grado
  • 00:08:33
    tiempo o cuantía a través de la
  • 00:08:35
    autoridad regularmente nominada al
  • 00:08:37
    momento del dictado y en caso de órganos
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    colegiados cumpliendo los requisitos de
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    sesión quórum y deliberación
  • 00:08:43
    indispensables para su emisión dos
  • 00:08:46
    objeto o contenido los actos
  • 00:08:48
    administrativos deben expresar su
  • 00:08:50
    respectivo objeto de tal modo que pueda
  • 00:08:52
    determinarse inequívocamente sus efectos
  • 00:08:55
    jurídicos Su contenido se ajustará a lo
  • 00:08:57
    dispuesto en el ordenamiento jurídico
  • 00:08:59
    debiendo ser lícito preciso posible
  • 00:09:02
    física y jurídicamente y comprender las
  • 00:09:05
    cuestiones surgidas de la motivación
  • 00:09:07
    tres finalidad pública adecuarse a las
  • 00:09:10
    finalidades de interés público asumidas
  • 00:09:12
    por las normas que otorgan las
  • 00:09:14
    facultades al órgano emisor sin que
  • 00:09:16
    pueda habilitándose
  • 00:09:29
    normas que indique los fines de una
  • 00:09:30
    facultad no genera discrecionalidad
  • 00:09:33
    cuatro motivación el acto administrativo
  • 00:09:36
    debe estar debidamente motivado en
  • 00:09:37
    proporción al contenido y conforme al
  • 00:09:39
    ordenamiento jurídico cinco
  • 00:09:42
    procedimiento regular antes de su
  • 00:09:44
    emisión el acto debe ser conformado
  • 00:09:46
    mediante el cumplimiento del
  • 00:09:47
    procedimiento administrativo previsto
  • 00:09:49
    para su
  • 00:09:55
    generación el objeto o contenido del
  • 00:09:57
    acto administrativo es aquello decide
  • 00:10:00
    declara o certifica la autoridad en
  • 00:10:02
    ningún caso será admisible un objeto o
  • 00:10:04
    contenido prohibido por el orden
  • 00:10:06
    normativo ni incompatible con la
  • 00:10:08
    situación de hecho prevista en las
  • 00:10:10
    normas ni impreciso obscuro o imposible
  • 00:10:13
    de realizar no podrá contravenir en el
  • 00:10:15
    caso concreto disposiciones
  • 00:10:17
    constitucionales legales mandatos
  • 00:10:20
    judiciales firmes ni podrá infringir
  • 00:10:22
    normas administrativas de carácter
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    general provenientes de autoridad de
  • 00:10:26
    igual inferior o superior jerarquía e
  • 00:10:29
    uso de la misma autoridad que dicte el
  • 00:10:31
    acto el contenido debe comprender todas
  • 00:10:33
    las cuestiones de hecho y derecho
  • 00:10:35
    planteadas por los administrados
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    pudiendo involucrar otras no propuestas
  • 00:10:39
    por estos que hayan sido apreciadas de
  • 00:10:41
    oficio siempre que la autoridad
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    administrativa les otorgue un plazo no
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    menor a 5 días para que expongan su
  • 00:10:47
    posición y en su caso aporten las
  • 00:10:49
    pruebas que consideren
  • 00:10:56
    pertinentes cuando nos referimos a la
  • 00:10:58
    competencia en materia de derecho
  • 00:11:00
    administrativo hablamos de la capacidad
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    de un ente de la Administración Pública
  • 00:11:04
    para emitir un acto administrativo en el
  • 00:11:06
    marco de las funciones que le han sido
  • 00:11:07
    otorgadas y con respecto al sector
  • 00:11:09
    localidad o ámbito del cual está
  • 00:11:12
    encargada podemos entender el concepto
  • 00:11:15
    de competencia con un ejemplo si una
  • 00:11:18
    empresa solicita la emisión de un
  • 00:11:19
    permiso de pesca para el recurso
  • 00:11:21
    hidrobiológico anchoveta la solicitud
  • 00:11:23
    debería presentarse ante el Ministerio
  • 00:11:25
    de la producción encargado del sector
  • 00:11:28
    pesquería y Debería ser este ministerio
  • 00:11:30
    el que emita el permiso
  • 00:11:32
    correspondiente pero si el administrado
  • 00:11:34
    cometiera un error y presentara la
  • 00:11:36
    solicitud ante el Ministerio del
  • 00:11:37
    interior y este acoge la solicitud y
  • 00:11:40
    emite una resolución otorgando el
  • 00:11:41
    permiso para la actividad de pesca
  • 00:11:43
    estaríamos ante un supuesto de un acto
  • 00:11:45
    administrativo inválido Pues el
  • 00:11:47
    Ministerio del interior no es el
  • 00:11:49
    encargado de emitir los permisos para la
  • 00:11:51
    pesca de anchoveta ni de ninguna otra
  • 00:11:53
    especie
  • 00:11:57
    hidrobiológica las no ion serán
  • 00:11:59
    efectuadas a través de las siguientes
  • 00:12:01
    modalidades según este respectivo orden
  • 00:12:03
    de
  • 00:12:04
    prelación notificación personal al
  • 00:12:06
    administrado interesado o afectado por
  • 00:12:08
    el acto en su domicilio mediante
  • 00:12:11
    telegrama correo certificado telefax o
  • 00:12:15
    cualquier otro medio que permita
  • 00:12:16
    comprobar feaci mede su acuse de recibo
  • 00:12:19
    y quién lo recibe siempre que el empleo
  • 00:12:21
    de cualquiera de estos medios hubiese
  • 00:12:23
    sido solicitado expresamente por el
  • 00:12:25
    administrado por publicación en el
  • 00:12:27
    diario oficial y en uno de los diarios
  • 00:12:29
    de mayor circulación en el territorio
  • 00:12:31
    nacional salvo disposición distinta de
  • 00:12:33
    la ley la autoridad no puede suplir
  • 00:12:36
    alguna modalidad con otra ni Modificar
  • 00:12:38
    el orden de prelación establecido en el
  • 00:12:40
    numeral anterior bajo sanción de nulidad
  • 00:12:42
    de la notificación puede acudir
  • 00:12:45
    complementariamente a aquellas u otras
  • 00:12:47
    si así lo estime conveniente para
  • 00:12:49
    mejorar las posibilidades de
  • 00:12:50
    participación de los
  • 00:12:52
    administrados tratamiento igual al
  • 00:12:54
    previsto en este capítulo corresponde a
  • 00:12:56
    los citatorios los emplazamientos los
  • 00:12:59
    requerimientos de documentos o de otros
  • 00:13:00
    actos administrativos análogos el
  • 00:13:03
    administrado interesado o afectado por
  • 00:13:05
    el acto que hubiera consignado en su
  • 00:13:07
    escrito alguna dirección electrónica que
  • 00:13:09
    conste en el expediente puede ser
  • 00:13:11
    notificado a través de ese medio siempre
  • 00:13:12
    que haya dado su autorización expresa
  • 00:13:14
    para ello la notificación dirigida a la
  • 00:13:17
    dirección de correo electrónico señalada
  • 00:13:19
    Por el administrado se entiende
  • 00:13:21
    válidamente efectuada cuando la entidad
  • 00:13:23
    reciba la respuesta de recepción de la
  • 00:13:25
    dirección electrónica señalada por el
  • 00:13:27
    administrado la surte efectos el día que
  • 00:13:30
    conste haber sido recibida conforme lo
  • 00:13:33
    previsto en el numeral 2 del artículo 25
  • 00:13:36
    en caso de no recibirse respuesta
  • 00:13:38
    automática de recepción en un plazo
  • 00:13:39
    máximo de dos días útiles contados desde
  • 00:13:42
    el día siguiente de efectuado el acto de
  • 00:13:43
    notificación vía correo electrónico se
  • 00:13:46
    procede a notificar por cédula conforme
  • 00:13:48
    al inciso
  • 00:13:49
    21.1 lo señalado en el presente numeral
  • 00:13:52
    no impide que la entidad asigne al
  • 00:13:54
    administrado una casilla electrónica
  • 00:13:56
    gestionada por ella siempre que cuente
  • 00:13:58
    con el cons del administrado salvo lo
  • 00:14:01
    dispuesto en la tercera disposición
  • 00:14:02
    complementaria final de la ley número
  • 00:14:05
    30229 o Norma que lo sustituya en este
  • 00:14:08
    caso la notificación se entiende
  • 00:14:10
    válidamente efectuada cuando la entidad
  • 00:14:12
    la deposite en el buzón electrónico
  • 00:14:14
    asignado al administrado surtiendo
  • 00:14:17
    efectos el día que conste haber sido
  • 00:14:18
    recibida conforme lo previsto en el
  • 00:14:20
    numeral 2 del artículo
  • 00:14:22
    25 para la notificación por correo
  • 00:14:25
    electrónico la autoridad administrativa
  • 00:14:28
    si lo considera pertinente puede emplear
  • 00:14:30
    firmas y certificados digitales conforme
  • 00:14:33
    a lo estipulado en la ley de la
  • 00:14:38
    materia el acto administrativo es eficaz
  • 00:14:40
    a partir de que la notificación
  • 00:14:42
    legalmente realizada produce sus efectos
  • 00:14:45
    conforme a lo dispuesto en el presente
  • 00:14:47
    capítulo el acto administrativo que
  • 00:14:49
    otorga beneficio al administrado se
  • 00:14:51
    entiende eficaz desde la fecha de su
  • 00:14:53
    emisión salvo disposición diferente del
  • 00:14:55
    mismo acto
  • 00:15:00
    la autoridad podrá disponer en el mismo
  • 00:15:02
    acto administrativo que tenga eficacia
  • 00:15:04
    anticipada a su emisión solo Si fuera
  • 00:15:07
    más favorable a los administrados y
  • 00:15:09
    siempre que no lesione derechos
  • 00:15:10
    fundamentales o intereses de buena fe
  • 00:15:12
    legalmente protegidos a terceros y que
  • 00:15:14
    existiera en la fecha a la que pretenda
  • 00:15:16
    retrotraerse la eficacia del acto el
  • 00:15:17
    supuesto de hecho justificativo para su
  • 00:15:20
    adopción También tienen eficacia
  • 00:15:22
    anticipada la declaratoria de nulidad y
  • 00:15:24
    los actos que se dicten en enmienda
  • 00:15:30
    la autoridad queda dispensada de
  • 00:15:31
    notificar formalmente a los
  • 00:15:33
    administrados cualquier acto que haya
  • 00:15:34
    sido emitido en su presencia siempre que
  • 00:15:37
    exista acta de esta actuación
  • 00:15:38
    procedimental donde Conste la asistencia
  • 00:15:40
    del
  • 00:15:41
    administrado también queda dispensada de
  • 00:15:43
    notificar si el administrado tomara
  • 00:15:45
    conocimiento del acto respectivo
  • 00:15:47
    mediante su acceso directo y espontáneo
  • 00:15:49
    al expediente recabando su copia dejando
  • 00:15:52
    constancia de esta situación en el
  • 00:15:57
    expediente e
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