El neuroderecho a la integridad mental y su interpretación en el derecho chileno | Isabel Cornejo

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Résumé

TLDRLa presentación de la Dra. María Isabel Cornejo, de la Universidad Autónoma de Chile, aborda el avance en la legislación sobre neuroderechos en Chile, destacándose como pionera a nivel mundial. La Dra. Cornejo explica que los neuroderechos, como la integridad mental, se están legislando debido al avance de las neurotecnologías, resaltando la reciente reforma constitucional chilena que modifica la protección sobre integridad mental. Se describen casos legales vigentes, como acciones contra la empresa Emotiv por cuestiones de privacidad de los datos. También se exploran ideas de investigadores internacionales, como Rafael Yuste y Marcello Ienca, sobre neuroderechos, destacando la importancia de equilibrar legislación con innovación tecnológica y protección de derechos humanos. La legislación chilena está siendo observada globalmente, reflejando el interés por regular adecuadamente el impacto ético de las tecnologías cerebrales.

A retenir

  • 👩‍⚕️ La Dra. María Isabel Cornejo es una figura clave en la investigación de neuroderechos en Chile.
  • ⚖️ Chile ha implementado una reforma constitucional pionera sobre neuroderechos.
  • 🧠 Los neuroderechos se centran en proteger la integridad mental ante las neurotecnologías.
  • 📚 Investigadores internacionales como Marcello Ienca y Rafael Yuste contribuyen a este campo.
  • 📜 Existen casos legales desafiantes que prueban esta nueva legislación en Chile.
  • 🔍 La privacidad de los datos cerebrales y el consentimiento informado son temas clave.
  • 💡 El equilibrio entre legislació"n y avance tecnológico es crucial para la innovación.
  • 🌍 La legislación chilena está siendo observada globalmente por su enfoque ético.
  • 🤖 La neurotecnología requiere regulaciones para evitar sesgos y desigualdades.
  • 🔬 Las neurotecnologías proporcionan retos y oportunidades para la comunidad científica y jurídica.

Chronologie

  • 00:00:00 - 00:05:00

    La doctora María Isabel Cornejo presenta su trabajo sobre neuroderechos, inteligencia artificial y metaversos en la Universidad Autónoma de Chile, destacando la importancia de la investigación ética en la era digital. Menciona que Chile posee un sistema normativo para proteger los neuroderechos, con una reciente reforma constitucional que sienta las bases para futuras regulaciones específicas sobre neurotecnologías y plataformas digitales. Invita a participar investigadores en proyectos relacionados con inteligencia artificial y metaversos.

  • 00:05:00 - 00:10:00

    La reforma constitucional chilena sobre neuroderechos busca modificar el artículo 19 de la Constitución para proteger la integridad mental y la actividad cerebral. Ha generado debate, especialmente sobre si esta última expresión es demasiado reduccionista al centrarse en proteger órganos específicos en lugar de la persona en su totalidad. Además, existen acciones legales basadas en esta reforma contra empresas que no cumplen con las normativas de protección de datos personales. Estas acciones resaltan la importancia de la interpretación judicial y la creación de criterios jurídicos unificados.

  • 00:10:00 - 00:15:57

    Los neuroderechos son reformulaciones de derechos humanos tradicionales adaptados al contexto moderno de tecnologías avanzadas. Proponen varios derechos nuevos como la privacidad mental y la libertad cognitiva. En 2017, se presentaron marcos teóricos relevantes en Europa y EE. UU. que influyeron en la legislación chilena, considerada pionera a nivel global. Esta legislación es observada con interés internacional y suscita debates sobre su impacto en la innovación tecnológica y la investigación científica, evaluándose su adecuación y la posibilidad de que restrinja desarrollos futuros.

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Questions fréquemment posées

  • ¿Quién es la Dra. María Isabel Cornejo?

    Es la directora de Neuroma y del laboratorio de innovación tecnológica en la Universidad Autónoma de Chile, especializada en neuroderechos.

  • ¿Cuál es el enfoque principal de su trabajo?

    Se enfoca en neuroderechos e investigación ética en la era digital.

  • ¿Qué es la reforma constitucional de neuroderechos en Chile?

    Es una legislación que protege la integridad mental y regula las neurotecnologías, modificando parte de la Constitución chilena.

  • ¿Cuáles son los casos legales relacionados con los neuroderechos en Chile mencionados en la conferencia?

    Se menciona una sentencia contra la empresa Emotiv y acciones constitucionales contra la empresa Got Coin.

  • ¿Qué es una neurotecnología?

    Dispositivos o tecnologías que interactúan con el sistema nervioso para acceder o alterar las funciones cerebrales.

  • ¿Qué problemas éticos se discuten en relación con las neurotecnologías?

    Se discuten el consentimiento informado, la privacidad de los datos cerebrales y la igualdad en el acceso a tecnologías de mejora cognitiva.

  • ¿Qué impacto tiene esta legislación en la innovación y la investigación?

    Debe equilibrarse para no frenar el avance tecnológico ni la investigación científica.

  • ¿Quién es Rafael Yuste y qué propone?

    Rafael Yuste es un investigador que propone derechos éticos para neurotecnologías y la inteligencia artificial, como la privacidad de la información cerebral.

  • ¿Por qué la legislación chilena de neuroderechos es significativa?

    Es pionera y observada a nivel internacional por su enfoque directo en la protección de derechos neuronales.

  • ¿Dónde se originó la propuesta de neuroderechos?

    Se originó en Suiza y Estados Unidos con investigadores como Marcello Ienca y Rafael Yuste.

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    voy a presentar a la doctora María
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    Isabel Cornejo directora de neuroma
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    grupo de investigación de neuroderechos
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    Inteligencia artificial y metaversos de
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    la Universidad Autónoma de chile y
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    directora del laboratorio de innovación
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    tecnologías y fronteras de las ciencias
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    jurídicas en la misma universidad
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    su trabajo se enfoca en tema de
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    neuroderechos e investigación ética en
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    la era
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    digital menciono también que para el
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    exposición de la doctora María Isabel
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    Y por supuesto también que quisiera
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    este laboratorio alojado en el instituto
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    de investigaciones en derecho en Europa
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    1920
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    que puedan contactarse conmigo para eh
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    la
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    sistema actualmente tenemos esta ley
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    constitucional de neuroderechos pero
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    está pendiente de tramitación una
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    que especifica o da una bajada a esta
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    de de jerarquía constitucional que es
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    neurotecnologías ya también existe en el
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    congreso otra ley que se está tramitando
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    sobre regulación de plataformas
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    digitales y ustedes saben también que
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    artificial y actualmente se acaba
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    protección de datos Ya ahora la reforma
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    constitucional de neuroderechos eh se
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    Fragua por así decir No es cierto en la
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    comisión desafío de futuro ciencia
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    tecnología del senado de chile y es
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    presentada esta iniciativa por los que
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    fueran en ese entonces estos senadores
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    que ustedes ven ahí en en la en la
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    imagen El comandados o dirigidos por el
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    ex senador
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    girardi estuvo
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    también involucrado el senador No es
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    cierto chahuán coloma durres y Carolina
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    goy vamos a ver en esta historia del
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    proyecto la iniciativa se Fragua ya en
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    el año 2020 ya que se ingresan por
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    neuroderechos integridad mental y que
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    y el avance de las neurotecnologías e y
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    a su vez esta reforma constitucional
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    implicaba la modificación del artículo
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    19 número 1 de la carta fundamental en
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    materia de protección sobre integridad
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    mental indemnidad mental en relación al
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    avance de las neurotecnologías
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    la moción de reforma constitucional
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    implicaba modificar No es cierto el
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    artículo 19 número 1 ya Y fue publicada
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    ya en el 25 de octubre del año
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    2021 Y qué decía literalmente Qué dice
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    ya porque
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    esa
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    esa ley no se modificó por porque
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    ustedes como ustedes bien saben en el
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    texto de de los dos proyectos de reforma
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    No es cierto a la Constitución
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    e este este quedó indemne entonces
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    señala que el desarrollo científico y
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    tecnológico estará al servicio de las
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    respecto a la vida y a la integridad
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    física y psíquica y la ley regulará los
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    requisitos condiciones restricciones
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    para su utilización en las personas
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    debiendo resguardar especialmente la
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    actividad cerebral así como la
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    e la actividad cerebral el tenor de lo
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    No es cierto No solo desde el Derecho
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    sino que especialmente desde la
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    filosofía hablaban de que esta era una
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    frase eh poco feliz por qué poco poco
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    no un órgano no la actividad cerebral no
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    sino que es a la persona sin embargo
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    etcétera
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    bien pero esa discusión eh Muy rica Por
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    cierto en el ámbito de la doctrina en el
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    subyacente bien
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    em qué cambia esta reforma
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    constitucional en el ámbito del derecho
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    por lo menos es muy importante porque
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    permite acciones constitucionales
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    nuestro congreso una sentencia
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    definitiva ya sancionada por la Corte
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    Suprema respecto de una acción ional que
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    presentó el mismo ex senador guío
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    girardi contra la empresa emotive no es
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    cierto una empresa que vendía
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    dispositivo diademas No es cierto de
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    mejora cognitiva y que Eh no cumplía con
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    algunas condiciones relacionadas con la
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    privacidad de los datos y a su vez con
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    el consentimiento informado Bueno e
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    además existe en nuestro país en la
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    corte de apelaciones de Valparaíso tres
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    acciones que están invocando No es
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    cierto que se fundamentan en esta
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    reforma constitucional de neuroderechos
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    contra la empresa got
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    Coin por el la recaptación del Iris que
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    es un dato biométrico No es cierto
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    sensible y que incluso a las afuera de
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    nuestra Universidad Autónoma estaban No
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    personas pudiesen dar este dato
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    biométrico eh A cambio de una prestación
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    en dinero que era entre 40 o 990,000 pes
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    dependiendo dónde estaban alojados estas
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    personas y
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    eh el problema Está Además de que no
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    personas a las cuales se recaptar el el
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    este captura del Iris eran menores de
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    edad además de este problema del
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    consentimiento
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    e no se especificaba bien hacia cuánto
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    tiempo iban a quedar alojados los datos
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    que son neurod datos No es cierto datos
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    que dicen relación con información
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    altamente sensible de la persona y que
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    tiene además características específica
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    distinta de otros datos biométrico
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    sensible como es por ejemplo que puede e
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    entregar información
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    precondición y existe como ya les digo
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    tres acciones constitucionales que
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    actualmente están a la espera de
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    resolución bien entonces la reforma
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    constitucional y la el tenor literal de
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    lo que acabamos de leer No es cierto la
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    protección de la actividad neuronal eh
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    implica dar directrices de
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    interpretación al juez No es cierto el
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    juez debe se va a orientar y además de
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    eso también la tarea del legislador
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    porque como dijimos la ley de
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    neuroderecho obedece a un sistema nor
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    No es cierto un sistema normativo que
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    tributa no es cierto y es
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    bidireccional con normativas
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    relacionadas con la Inteligencia
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    artificial con las plataformas digitales
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    con los servicios No es cierto digitales
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    en línea de los consumidores etcétera eh
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    Por lo tanto también e es importante la
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    tarea del legislador en la tarea de
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    unificar criterios jurisprudenciales y
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    en la interpretación del Juez
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    bien Además de eso ya en un ámbito más
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    jurídico cuando los neuroderechos No es
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    cierto que son los Derechos Humanos
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    reformulado A la luz de esta de este
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    nueva entramado digital No es cierto e
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    se pasan a llamar neuroderechos cierto
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    lo que antes entendíamos el derecho a la
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    privacidad ahora hablamos de la
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    privacidad mental Si antes hablamos
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    hablábamos de la libertad de concien No
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    es cierto de la libertad eh de
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    pensamiento la libertad de opinión
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    actualmente de qué hablamos bajo esta
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    nueva nomenclatura hablamos de libertad
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    cognitiva y así una serie de derechos
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    que adoptan nuevos ropajes a la luz de
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    esta nuevo entramado digital y
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    tecnológico e como ya dije el marco
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    teórico sobre el cual se sustenta esta
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    propuesta de neuroderecho nace en el
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    2017 antes existen también taxonomías
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    que son ejemplificador de esta evolución
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    ya a partir del 2004 sin embargo la
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    irrupción podríamos decir paradigmática
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    nace en el 2017 con el paper de yenka
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    marchelo yenka y Roberto andorno que se
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    llama to New human in the of
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    neuroscience and neurotechnology
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    publicado en Life Science society and s
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    y Proponen estos cuatro neuroderechos la
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    libertad cognitiva la continuidad
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    psicológica la integridad mental y la
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    privacidad mental
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    ya pero paralelamente en el mismo año en
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    otro centro de estudio porque el el que
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    les mencioné de yen caay andorno está
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    situado en Suiza ya en Estados Unidos en
  • 00:12:20
    la universidad de Columbia Rafael yuste
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    y un grupo interdisciplinario de
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    investigadores también presentan un
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    paper en nature Ford ethical priority
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    for neurotechnologies and artificial
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    intelligence y ellos Proponen también
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    sin ponerse de acuerdo con el anterior
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    grupo europeo nuevos neuroderechos
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    Cuáles son el derecho a la privacidad de
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    la información producida por la
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    actividad cerebral a la cual es posible
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    acceder a través de
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    neurotecnología lo que ellos denominaron
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    privacy and
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    consent el derecho a la identidad
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    personal y la autodeterminación que
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    ellos le denominaron agency luego el
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    derecho a la igualdad frente a la
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    aumentación de las capacidades
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    cognitivas que se le denominan en inglés
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    se llama neuro enhancement y el derecho
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    al control de sesgos algorítmicos o bas
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    Estos son la propuesta y el marco
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    teórico que sirvió para poder legislar
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    sobre los
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    neuroderechos con una reforma
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    constitucional en derecho objetivo
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    porque en general en el mundo se está e
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    se está regulando el tema de la
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    neurotecnología pero a través de otra
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    técnica la técnica del soflo o de
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    directrices éticas que son mucho más
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    plásticas que son más dinámicas porque
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    la tecnología y la ciencia avanzan de
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    una manera mucho más vertiginosa y por
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    lo tanto hay que tener sumo cuidado
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    cuando se presenta una legislación
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    porque podría fosilizar estos
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    desarrollos y además también en el
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    equilibrio de cómo legislar es
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    importante también saber cuál va a ser
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    el impacto en la innovación tecnológica
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    y en la investigación científica Bueno
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    ese proceso Constituyente que ustedes
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    muy bien conocen también fue un un
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    desafío para la reforma constitucional
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    chilena de neuroderecho pero finalmente
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    esta quedó a firma a firme después de
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    los dos procesos a los que nos sometimos
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    el 4 de septiembre del 2022 y el 17 de
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    septiembre del 2023 ya
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    bien
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    e como ya les dije no sé cómo voy del
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    tiempo minut puede seguir Ah ya entonces
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    bueno dentro del minuto me gustaría
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    eh señalar que ya tenemos eficacia para
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    esta reforma constitucional porque como
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    ya dije ya hay una sentencia motit
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    versus gerardi y además hay tres eh
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    Otras acciones constitucionales que
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    están fundamentadas en los neuroderechos
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    por otro lado esta legislación se mira
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    con mucho interés en todas partes del
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    mundo occidental incluso también en
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    Oriente porque ya el próximo año por
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    ejemplo tengo que ir a hablar de este
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    tema a Sand Don a la universidad de
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    sandon en China Entonces está tomando
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    mucho interés Y por cierto hay
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    controversia si es que fue adecuada o no
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    pero lo cierto es que es una legislación
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    que se m
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    digamos y y es eh Como estudio obligado
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    para aquellos que están dentro del
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    ámbito de La regulación de la
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    neurotecnología Muchas gracias
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