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[Música]
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a partir de estos momentos nos enlazamos
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con las regiones del país a través de
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[Música]
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conexión Perú te informamos y te
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acercamos al Perú
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hasta ahora siempre es un gusto dialogar
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con el doctor Ernesto lume fortini ex
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presidente del tribunal constitucional
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un reconocido jurista y
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constitucionalista Qué gusto saludarlo
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mi estimado muy amable como siempre
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Muchas gracias Un gusto estar nuevamente
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con ustedes Gracias
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recientemente doctor el tribunal
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constitucional ha declaró infundada la
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demanda de inconstitucionalidad contra
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la ley treinta y uno cinco veinte no
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Norma que modifica el consejo directivo
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de la superintendencia nacional de
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educación superior Universitaria sunedu
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no y que fue presentada por el 25% del
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número legal de congresistas
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contra El Congreso de la República y el
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poder ejecutivo brindo los alcances
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es el tema central el eje principal de
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esta decisión del tribunal
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constitucional
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es correcto Muchas gracias En primer
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lugar quería precisar que efectivamente
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el tribunal constitucional el día 20 del
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mes en curso ha emitido una sentencia en
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la cual ha declarado infundada la
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demanda interpuesta contra la ley
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treinta y un mil quinientos veinte que
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es una ley que en su Artículo primero
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Establece que su objeto es restablecer
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la autonomía y la institucionalidad de
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las universidades peruanas en el marco
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del cuarto párrafo del artículo 18 de la
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Constitución que es precisamente el
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párrafo que dice que las universidades
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son autónomas en su régimen económico de
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gobierno académico administrativo y
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también normativo
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y de otro lado esa ley precisa el objeto
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de la ley Universitaria precisa
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la sunedu en cuanto a su a su naturaleza
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y a su composición y establece algunos
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algunas regulaciones adicionales el
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tribunal ha establecido en esta
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sentencia en aplicación del artículo
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107 del nuevo código procesal
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constitucional que la demanda es
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infundada y por lo tanto la sentencia o
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mejor la ley 31.000 y 520 mantiene su
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plena y absoluta
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constitucionalidad con lo cual han caído
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por tierra todos los argumentos
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expuestos por sunedu y el equipo que ha
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estado detrás de sunedo para tratar de
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impedir que esta ley se cumpla en la
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pública
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protagonizando sunedu un espectáculo
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deplorable de desacato a una norma de la
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república que había sido
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expedida por el congreso y se había
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publicado en el diario oficial El
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peruano y por lo tanto por imperio de la
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propia Constitución era una ley que
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había que cumplir la sunedu ha estado
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dando un espectáculo muy lamentable al
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propiciar el desacato de esta ley e
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inclusive ha llegado al extremo de
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plantear un Amparo
00:03:51
Y lograr un una decisión prevaricadora
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de un juez de de una jueza de primera
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instancia que felizmente está en este
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momento en apelación en donde se
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pretendía que el congreso
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suspendiera los efectos de esta ley pero
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toda esta argumentación todo este ardita
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argumental
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montado por sunedu y por el equipo que
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ha estado detrás de sunedu ha caído como
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un castillo de naipes con esta sentencia
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en donde el tribunal ha puesto las cosas
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en su sitio La ley 31.520 es una ley que
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se ajusta a la Constitución es una ley
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que restablece la autonomía
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Universitaria es una ley que recompone a
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sunedu y
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lo hace un órgano más democrático más
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representativo y más inclusivo
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y de otro lado es totalmente falsa la
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campaña que se ha montado por una serie
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de personajes señalando que se trata de
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una contrarreforma yo niego
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enfáticamente esa afirmación y se ha
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sostenido con ligereza y faltando a la
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verdad que esta ley restituya la vieja
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asamblea nacional de rectores lo cual es
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absolutamente falso o que va a licenciar
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a universidades que han sido ya cerradas
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o que se pretende tumbar a la sunedu
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todas esas argumentaciones son falsas y
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quienes quienes han estado detrás de
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esta de este accionar inconstitucional e
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ilegal que hoy ha quedado desmontado por
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la sentencia del tribunal constitucional
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tendrán que responder ante el Ministerio
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Público Y ante el poder judicial porque
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han incurrido ciertamente en
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responsabilidad
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al propiciar una situación insólita en
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un estado constitucional que es el hecho
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de que una institución pública que por
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mandato constitucional y legal debe
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cumplir la ley
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que incurre en abierto desacato y
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utiliza al poder judicial para apañar
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esta situación y por lo tanto es un día
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importante para las universidades
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ese ese veinte de este mes el 20 de
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diciembre porque tribunal ha vuelto a
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ratificar que las universidades tienen
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autonomía en cinco dimensiones conforme
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lo mande el artículo 18 en la dimensión
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normativa en la dimensión de gobierno en
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la dimensión académica en la dimensión
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administrativa y en la dimensión
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económica y que la sunedu va a seguir
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existiendo Pero va a seguir insistiendo
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no como un apéndice del poder ejecutivo
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no como simplemente un brazo del poder
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ejecutivo para meterse a manejar las
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universidades violando su autonomía si
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nos va a seguir existiendo como un
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órgano democrático representativo e
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inclusivo que represente
00:07:09
todos los aspectos vinculados con la
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educación para lograr efectivamente una
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educación de calidad que garantice la
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formación de nuestros jóvenes No todo lo
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que quería
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esta sentencia del tribunal
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constitucional es una sentencia final ya
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no puede ser apelada en otra instancia
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este es una sentencia definitiva no
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puede ser cuestionada ante otra
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instancia porque el tribunal
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constitucional es el supremo intérprete
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de la Constitución y de la ley
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y es una sentencia que obliga a todos
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los jueces del poder judicial a seguir
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la línea interpretativa Es decir todos
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los jueces del poder judicial deben
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entender que la ley 31.520 está vigente
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es constitucional y deben aplicarla y no
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solamente los jueces sino todos los
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órganos administrativos Empezando por el
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por el Ministerio de Educación y pasando
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por la sunedu y debe terminar este
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desacato en que están incurriendo en la
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sunedu De no respetar una ley de la
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república Y yo qué significa para
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entendimiento de la opinión pública
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porque lo que usted nos está explicando
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es gravitante si dentro de la
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administración de Justicia se pretende
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recoger
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alguna acción algún de Amparo esto es un
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abierto de zacato
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Disculpe usted la señal ha bajado un
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poco me podría repetir su pregunta Sí yo
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le planteaba lo siguiente doctor lume Sí
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en la administración de Justicia
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algún juez algún magistrado intenta
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recoger alguna acción de Amparo que
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quiera poner en cuestión esta decisión
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final del tribunal constitucional lo que
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está incurriendo es en abierto desacato
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eso sería totalmente
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y legal e inconstitucional porque
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es el código procesal constitucional en
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su última versión y también en la
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anterior me refiero
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al código aprobado por ley treinta y un
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mil trescientos siete es Claro en
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categórico al señalar que los jueces
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están obligados a seguir la
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interpretación del tribunal y cuando el
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tribunal declara constitucional una
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norma deben aplicarle y aplicarla y ya
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no corresponde ejercer por parte de
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ellos un control sobre esa Norma porque
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ha sido ratificada en su
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constitucionalidad por el máximo órgano
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de la justicia constitucional del Perú
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usted mencionaba al inicio de esta
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conversación de doctor lume que
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esta decisión lo que hace es
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restituye la plena autonomía de las
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universidades en el plano económico
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administrativo académico en el plano
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normativo en el plano también de nivel
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de gobierno no Entonces esto no altera
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en nada la marcha de la sunedu muy por
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el contrario fortalece la labor de la
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sunedu
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desde mi punto de vista
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esta ley fortalece a la sunedu Porque le
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da autonomía e Independencia y la
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desliga de la manipulación de que ha
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sido objeto por parte del Ministerio de
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Educación y del grupo de
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técnicos entre comillas
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enquistados en esta entidad que han
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estado manipulando a la sunedu y
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sojuzgando a las universidades violando
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su autonomía es decir se va a rescatar
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la autonomía plenamente y se va a evitar
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que la sunedu incurra en una
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desproporción de competencias y en una
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afectación de las cinco dimensiones de
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la autonomía Universitaria en buena
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cuenta se va a lograr una mayor
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autonomía para una mejor educación y de
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en todo el país ahora esto marca un
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precedente en el ámbito de la
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jurisprudencia doctor Bruno
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Perdón podría repetirme la pregunta más
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tengo un eco que me Sí si esto marca una
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jurisprudencia en el ámbito de la
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legalidad en el país
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yo creo que sí el tribunal
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constitucional ha actuado con todo rigor
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se ha ajustado plenamente a la
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Constitución y a la ley y
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a pesar de que se pretendía que se
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anulara la ley cuestionada que he
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mencionado hace unos instantes
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el tribunal ha señalado que la demanda
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es infundada y lo ha hecho por cinco
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votos según Tengo entendido de los seis
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magistrados intervinientes cinco
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magistrados han opinado que la demanda
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es infundada hasta donde alcanza la
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información que se me ha alcanzado muy
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bien doctor Ernesto lume Fortín y yo le
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agradezco infinitamente esta
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comunicación a través de rcr red de
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comunicación regional por habernos
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brindado su alcance de esta decisión del
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tribunal constitucional que declaró
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infundada esta demanda de
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inconstitucionalidad contra la ley que
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modifica el consejo directivo de la
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sunedu no sé si tenga algo que agregar
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doctor plumas
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no Simplemente
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enfatizar que
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es falsa toda la campaña que viene
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desarrollando un grupo de gente
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disconforme con esta ley y la
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disconformidad se basa en que ya no van
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a poder seguir manipulando
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el el tema de la educación en el país y
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tratando de imponer criterios ajenos a
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la comunidad Universitaria y a la
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autonomía de la cual gozan las
00:13:27
universidades Gracias muy reconocido por
00:13:30
esta comunicación Le agradezco y una
00:13:32
felices fiestas muy amable Igualmente
00:13:34
para ustedes Gracias conversamos con el
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doctor Ernesto lume fortini no
00:13:38
expresidente del tribunal constitucional
00:13:42
hemos presentado
00:13:45
conexión Perú
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mañana retornamos para seguir informando
00:13:50
y acercándote al Perú a través de
00:13:54
conexión Perú
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[Música]