Argumentación jurídica, una charla con el Dr. Manuel Atienza

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https://www.youtube.com/watch?v=FYfeScKAG84

Summary

TLDREl Dr. Manuel Atienza aborda en esta entrevista el desarrollo y la importancia de la argumentación jurídica como una combinación de enfoques formales, materiales y pragmáticos. Destaca la relevancia de la argumentación en el fortalecimiento de la democracia, donde los ciudadanos deben tener capacidad para argumentar y defender sus posiciones. Atienza critica el positivismo jurídico, considerándolo insuficiente dentro del actual estado constitucional, y aboga por una práctica jurídica que incluya valores y principios, superando la visión autoritativa del derecho. Resalta también la importancia de la filosofía del derecho como una herramienta práctica para juristas. La conversación introduce temas sobre la constitucionalización del derecho y la integración de otras áreas del conocimiento, mostrando que muchas veces las fronteras entre el derecho y otros campos se están desdibujando.

Takeaways

  • 🎓 Dr. Manuel Atienza expone sobre la argumentación jurídica.
  • 📚 Atienza busca combinar enfoques formales, materiales y pragmáticos.
  • 🗣️ La argumentación es clave para la democracia, según Atienza.
  • ⚖️ Crítica al positivismo jurídico como insuficiente hoy en día.
  • 📜 Constitucionalización transforma la naturaleza del derecho.
  • 🤝 Las disciplinas del derecho y otras áreas del conocimiento convergen.
  • 🌐 Filosofía del derecho debe ser práctica para los juristas.
  • 🔍 Las normas jurídicas necesitan ir más allá de lo autoritativo y ser valorativas.
  • 🗨️ Enfoques retóricos y dialécticos enriquecen la práctica jurídica.
  • 🏛️ Importancia del diálogo y estructura lógica en la argumentación.

Timeline

  • 00:00:00 - 00:05:00

    El Dr. Manuel Atienza se encuentra en el Instituto de la Judicatura Federal para hablar de su proyecto sobre teoría de la argumentación jurídica que sintetiza varios enfoques: el formal (estructuras lógicas de argumentos), el material (teoría de las premisas), y el pragmático (actividad argumentativa), distinguiendo además entre enfoques retóricos y dialécticos.

  • 00:05:00 - 00:10:00

    La argumentación es esencial no solo para la democracia, sino que surgieron juntas en Grecia. Además, el Dr. Atienza responde sobre una perspectiva de la argumentación vista como un juego donde los argumentos se enfrentan a otros. Explica que en el ámbito jurídico, aunque hay un componente dialéctico en las discusiones, el elemento retórico (persuasivo) también es fundamental.

  • 00:10:00 - 00:16:12

    El Dr. Atienza habla sobre dejar atrás el positivismo jurídico clásico, que ve el derecho solo como normas, y adoptar una visión más amplia que lo vea como práctica social que busca valores. Explica que el paso del Estado legislativo al Estado constitucional exige reconocer el derecho como algo más que un sistema de normas, sino también como una práctica valorativa con influencia de otros campos como la moral y la bioética.

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Video Q&A

  • ¿Quién es el entrevistado en el video?

    El Dr. Manuel Atienza.

  • ¿Cuál es el tema central de la entrevista?

    La argumentación jurídica y su relevancia en el derecho y la democracia.

  • ¿Qué enfoques menciona Atienza sobre la argumentación jurídica?

    Formal, material, pragmático (retórico y dialéctico).

  • ¿Cómo ve Atienza la relación entre argumentación y democracia?

    Considera que la argumentación es esencial para el funcionamiento de una democracia.

  • ¿Qué perspectiva filosófica del derecho defiende Atienza?

    Una concepción pragmática que conecte el derecho con la práctica jurídica.

  • ¿Qué opina Atienza sobre el positivismo jurídico?

    Cree que es insuficiente para el actual estado constitucional y necesita ser superado.

  • ¿Qué es la constitucionalización de los derechos según el Dr. Atienza?

    El paso de un estado legislativo a uno constitucional donde prevalecen principios y valores.

  • ¿Qué rol juega la filosofía del derecho según Atienza?

    Proporciona teorías y conceptos para manejar prácticas jurídicas.

  • ¿Dónde publicó Atienza sus opiniones sobre superar el positivismo?

    En el artículo escrito junto a Juan Ruiz Manero.

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    Hola buenas tardes Nos encontramos
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    transmitiendo desde el instituto de la
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    judicatura Federal tenemos el gusto de
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    que nos acompañe nuevamente en proyecto
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    grado cer el Dr Manuel atienza Muchas
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    gracias doctor por estar acompañándonos
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    y esta charla es anterior a la
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    conferencia que va a brindar el doctor
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    acerca de otra forma de pensar el
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    derecho y a mí me gustaría iniciar
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    doctor con una pregunta que teníamos
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    varias personas dentro del proyecto eh
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    usted ha expuesto en sus libros las
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    diferentes modelos de pensar la
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    argumentación jurídica Queríamos saber
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    con cuál de todos esos modelos Manuel
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    latin se siente más identificado Cuál es
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    la contribución que usted que ha hecho a
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    la argumentación Y qué lo diferencia de
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    otros autores que han hablado de
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    argumentación
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    jurídica mi proyecto es una
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    teoría diríamos sintética y sistemática
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    de la argumentación jurídica que trata
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    de ensamblar tres o cuatro enfoques que
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    se han ido desarrollando hasta ahora de
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    manera más o menos separada Enton uno es
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    el enfoque formal o lógico que se
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    interesa por los argumentos desde el
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    punto de vista de las estructuras de los
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    argumentos otro es el enfoque material
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    que consiste fundamentalmente en ver la
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    ación jurídica como una teoría de las
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    premisas entonces que tiende a coincidir
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    con lo que habría sido la metodología
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    jurídica en un sentido más o menos
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    tradicional por ejemplo la tópica de
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    fibc diría por ahí al igual que también
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    las contribuciones de autores como
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    dorkin o como Nino que explícitamente no
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    han tratado de construir una teoría de
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    la argumentación jurídica pero en sus
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    obras podemos encontrar contribuciones
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    importantes Desde esa perspectiva que yo
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    llamo material y que se fija en las
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    premisas por ejemplo pues la teoría de
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    las reglas y los principios de doring es
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    particularmente importante y luego está
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    la tercera dimensión el tercer enfoque
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    que es el pragmático que consiste en ver
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    la argumentación como una actividad
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    entonces a su vez ahí por eso antes
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    decía que tres o cuatro enfoques porque
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    en esta tercera perspectiva pragmática a
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    su vez se puede distinguir entre un
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    enfoque retórico y un enfoque dialéctico
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    el enfoque retórico es el tradicional de
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    lo que fue La retórica la argumentación
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    vista como una técnica un arte para
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    persuadir a un auditorio la dialéctica
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    también en el sentido no de la
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    dialéctica gelana marxiana marxista sino
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    en sentio más tradicional de de
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    dialéctica del diálogo de la discusión
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    entre dos por más personas regidas por
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    una serie de de reglas entonces la idea
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    mía es que en la argumentación jurídica
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    necesitamos construir una teoría que
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    combine elementos de esas cuatro
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    perspectivas Okay sí Bueno creo que aquí
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    acaba de dar eh respuesta a una pregunta
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    que yo le pretendía plantear sobre la
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    importancia de estas disciplinas que
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    tienen origen en la tradición griega la
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    dialéctica la lógica y y y La retórica
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    pero bueno retomando Usted cree que la
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    argumentación es Es parte o sirve de eh
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    para construir una democracia y más en
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    sociedades plurales como como la como la
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    mexicana en qué beneficia qué pros y
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    contras tiene la
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    argumentación no solamente es
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    eh contribuya a la democracia sino que
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    las dos cosas diríamos surgieron al
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    mismo tiempo en Grecia no y y por algo
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    la discusión racional y la técnica de la
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    discusión ión racional y la presentación
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    adecuada de los discursos para convencer
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    a un auditorio que es la La retórica eso
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    es una exigencia de la Democracia porque
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    el funcionamiento de un sistema
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    democrático exige por parte de los
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    ciudadanos capacidad argumentativa
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    capacidad para poder expresarse en
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    público y para defender un punto de
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    vista en una asamblea capacidad para
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    defenderse por ejemplo en un juicio
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    etcétera O sea que todas estas
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    tradiciones efectivamente todas ellas
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    todas las tradiciones de estudio de la
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    argumentación vienen de Grecia y vienen
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    de la Democracia gria sea es en Atenas
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    desar maestro en mi formación dentro de
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    la facultad de derecho tuve la
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    oportunidad de tener clases con el
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    doctor Rolando Tamayo y él nos explicaba
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    que la argumentación no intentaba
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    persuadir sino que intentaba que los
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    argumentos vencieran argumentos y lo
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    veía como un juego Qué opina usted
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    acerca de esta perspectiva que es algo
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    que pues se nos ha enseñado a muchos
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    dentro de la facultad bueno esa es una
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    de las perspectivas a las que yo antes
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    me
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    refería exactamente la perspectiva
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    dialéctica efectivamente Así es como ha
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    enfocado el
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    temao Tamayo y y sus libros lo presentan
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    digos de esta forma eh Lo que pasa que
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    diría que no trata de persuadir Bueno
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    hay un aspecto de la argumentación
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    jurídica o hay ejemplo de argumentación
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    jurídica instancias donde el aspecto
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    persuasivo es muy relevante Por ejemplo
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    si uno piensa lo que es la argumentación
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    de un abogado se dirige a un juez
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    también hay un elemento dialéctico
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    efectivamente en cierto juego las reglas
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    que que respetar pero también el
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    elemento retórico de que el abogado va a
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    tratar de persuadir o a los jurados o al
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    juez de una determinada tesis etcétera Y
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    de nuevo que uno tenga el enfoque
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    dialéctico en ese juego pero los
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    participantes van a utilizar argumentos
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    y los argumentos tienen una estructura y
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    una estructura lógica eso es lo que
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    estudia la lógica es formales que sería
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    otra de las
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    dimensiones y bueno Y retomando este
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    conjunto de disciplinas se podría ver
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    como un protocolo a seguir o como una
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    estrategia para el abogado litigante
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    para el abogado que ejerce el
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    derecho ación hay un aspecto diríamos
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    también estratégico o sea que el manejo
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    de los argumentos si que tener en cuenta
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    una determinada por ejemplo si uno tiene
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    una estrategia de defensa entonces va a
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    construir una argumentación tratando de
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    conseguir determinadas finalidades y su
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    conocimiento diríamos técnico de lo que
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    lo son de lo que significa imaginemos un
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    argumento a Pari por analogía y un
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    argumento a contrario le hace ver que si
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    lo que quieres es defender la tesis de
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    ampliar el sentido de la norma tendrá
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    que utilizar la estrategia utilizar es
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    la analogía si por el contrario lo que
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    trata es de reducirlo pues la estrategia
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    es manejar el argumento a contrario
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    senso etctera
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    doctor usted en su en un artículo que se
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    dejamos atrás el positivismo jurídico
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    menciona que el positivismo es incapaz
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    de satisfacer las las exigencias del
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    actual estado constitucional qué lo
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    lleva usted a creer esto Y en segundo
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    lugar Qué modelo es capaz ahora de
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    cumplir con estas exigencias del modelo
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    constitucional actual Bueno Este es un
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    artículo que efectivamente yo escribí
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    hace ya hace bastantes años me parece
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    con Juan Ruiz manero no entonces lo que
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    ahí tratábamos de demostrar es que el
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    positivismo habiendo aportado obviamente
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    aportado todo el positivismo
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    metodológico en la línea de hat etcétera
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    cuestiones muy importantes para la
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    teoría del derecho pero no era la
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    concepción adecuada había que superar
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    dejar atrás el positivismo jurídico y
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    esto yo creo que fundamentalmente quiere
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    decir lo
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    siguiente los
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    positivistas a su vez hay muchos
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    enfoques positivistas Pero
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    fundamentalmente ven el derecho como un
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    conjunto de normas procedentes de una
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    autoridad y que conforman un sistema Y
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    eso es una de las partes del derecho de
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    los aspectos que con los que
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    naturalmente hay que contar pero lo que
  • 00:09:03
    no ven Es que además el derecho es una
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    práctica y una práctica social que a
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    partir de esos materiales del sistema
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    jurídico trata de lograr ciertos fines
  • 00:09:13
    ciertos valores o sea que mi idea sería
  • 00:09:16
    que la concepción del positivismo Si se
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    quiere más que falsa es excesivamente
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    pobre el derecho únicamente en un plano
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    autorizativo como conjunto de normas y
  • 00:09:29
    necesitamos verlo también como una
  • 00:09:31
    práctica
  • 00:09:33
    valorativa me llama la atención Qué
  • 00:09:36
    papel puede jugar para usted la
  • 00:09:38
    filosofía del derecho dentro de esto que
  • 00:09:40
    menciona la práctica jurídica en
  • 00:09:42
    específico Qué papel pues juega pues la
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    argumentación visto pues desde un punto
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    de la filosofía del derecho bueno hay
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    diversas maneras de entender la la
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    filosofía del
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    derecho la mía concretamente Pues sería
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    una Concepción pragmática en el sentido
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    de y yo creo que el filósofo del derecho
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    tiene que construir teorías conceptos
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    etcétera adecuados para poder manejarse
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    en la práctica o en las diversas
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    prácticas
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    jurídicas a veces se hace referencia a
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    un famoso artículo de bobio donde é
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    distinguía entre una filosofía del
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    derecho de los filósofos y una filosofía
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    del derecho de los juristas la filosofía
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    del derecho de los filósofos con ello él
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    se refería a quienes partiendo de una
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    determinada Concepción muy amplia
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    filosófica de ver el mundo imaginemos el
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    e derecho natural tronista o el marxismo
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    o el ganismo etcétera etcétera lo
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    aplicaban eso derecho y esto le parecía
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    é AB obvio que tia razón que no es la
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    filosofía de derecho digamos más
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    interesante mientras que la otra era la
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    filosofía de derecho de los juristas y
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    es quien es desde abajo desde el propio
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    eh la propia práctica del derecho con un
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    conocimiento por lo tanto de lo que es
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    el funcionamiento del derecho pues se
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    dan cuenta de que se necesita una
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    elaboración filosófica de esos conceptos
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    entonces En definitiva digamos se
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    construye una filosofía del derecho más
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    conectada con la práctica pues mi manera
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    de ver la filosofía del derecho estaría
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    más bien en el segundo en la segunda
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    perspectiva de público que en la primera
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    más exactamente Yo diría que ocuparía
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    como una especie de lugar intermedio
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    entre las dos cosas pero digamos a mí me
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    parece que es muy importante Resaltar
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    que la filosofía del derecho es para
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    juristas Además porque cada vez estoy
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    más convencido de que si uno no es un
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    jurista oa que si no tiene un buen
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    conocimiento del derecho es imposible
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    construir una filosofía del derecho que
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    que merezca mucho la pena eh dentro de
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    los de los factores que influyen para
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    que la argumentación tome relevancia
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    después de la segunda mitad del siglo XX
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    y hasta hoy en día usted ret toma una
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    idea bastante interesante que me
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    gustaría que nos la explicara un poquito
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    más en torno al al paso del Estado
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    legislativo al Estado constitucional qué
  • 00:12:08
    implica Este paso de uno a otro bueno
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    Esto es lo que se su Llamar lo de la
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    constitucionalización de de los Derechos
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    en esto ha insistido mucho
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    ferroli por ejemplo la idea de ferroli
  • 00:12:22
    es que el positivismo clásico diamos el
  • 00:12:25
    de bobio El de har está vinculado a esa
  • 00:12:29
    fase del Estado de derecho que es el
  • 00:12:31
    estado
  • 00:12:32
    legislativo pero cuando se da el paso al
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    Estado constitucional característica
  • 00:12:37
    fundamental la existencia de para él de
  • 00:12:39
    una constitución rígida diríamos de una
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    constitución donde hay muchos principios
  • 00:12:45
    os de principios de valor etcétera
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    etcétera y lo de la rigidez qui decir
  • 00:12:50
    que no es fácil de cambiar que está
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    además protegido por un tribunal
  • 00:12:55
    constitucional etcétera él dice que
  • 00:12:58
    entonces ya ese positivismo clásico no
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    es la teoría adecuada sino que se
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    necesitaría se llama un positivismo
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    crítico mi opinión es que el positivismo
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    aún en la formulación de ferroli que
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    efectivamente tiene diferencias con los
  • 00:13:14
    anteriores sigue siendo institución
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    porque sigue siendo como antes decía una
  • 00:13:19
    Concepción que pone excesivamente y
  • 00:13:22
    exclusivamente el foco en el aspecto
  • 00:13:25
    autoritativo del derecho y Deja fuera el
  • 00:13:28
    elemento valorativo y de ahí lo podemos
  • 00:13:30
    ver en casos muy particulares o en temas
  • 00:13:32
    que empiezan a tomar relevancia
  • 00:13:34
    relacionados con la bioética no en donde
  • 00:13:36
    diversas áreas del conocimiento ya
  • 00:13:39
    empiezan a aportar eh ideas empiezan a
  • 00:13:43
    aportar al derecho y se termina
  • 00:13:46
    nutriendo el derecho de otras áreas del
  • 00:13:47
    conocimiento para darle solución a
  • 00:13:49
    muchos conflictos no de esta índole
  • 00:13:51
    Bueno una de de los cambios yo creo que
  • 00:13:54
    ha tenido lugar con el el fenómeno este
  • 00:13:58
    de la constitución finalización es que
  • 00:14:00
    cada vez más las fronteras entre el
  • 00:14:03
    derecho y otros tipos de de fenómenos
  • 00:14:06
    sociales son menos nítidos con la moral
  • 00:14:10
    con la política etcétera etctera Y eso
  • 00:14:13
    también va en contra de una de la tesis
  • 00:14:15
    positivista de la separación no
  • 00:14:16
    separación estricta entre el derecho y
  • 00:14:19
    la moral y eso me parece que eso no
  • 00:14:21
    permite dar cuenta de cómo se están
  • 00:14:23
    desarrollando nuestros
  • 00:14:26
    derechos Pues bueno Jesús algo más que
  • 00:14:28
    quier agregar Ah Cómo podríamos llegar a
  • 00:14:32
    una Concepción como la que usted
  • 00:14:33
    menciona tomando en cuerta los
  • 00:14:35
    principios los valores si aún se tiene
  • 00:14:37
    una aplicación muy estricta de un modelo
  • 00:14:40
    positivo Bueno si uno es positivista
  • 00:14:43
    jurídico Entonces no no lo toma en
  • 00:14:45
    consideración claro los los valores y
  • 00:14:47
    por eso el el déficit me parece a mí no
  • 00:14:50
    de de esta concepción por eso en el
  • 00:14:54
    centro de la discusión ahora está la
  • 00:14:57
    cuestión del objetivismo en materia
  • 00:14:59
    sociológica en materia moral no los
  • 00:15:02
    positivistas quizás no todos por lo
  • 00:15:03
    menos hay una propensión grande por
  • 00:15:05
    parte de los positivistas en ser
  • 00:15:07
    escépticos en materia moral mientras que
  • 00:15:10
    un rasgo de estas concepciones que van
  • 00:15:12
    más allá del positivismo jurídico
  • 00:15:14
    diríamos post positivistas es que
  • 00:15:16
    sostienen también un punto de vista
  • 00:15:18
    objetivista sobre la moral Pues bueno
  • 00:15:21
    pues eso es todo por hoy agradecemos a
  • 00:15:23
    todos los que hicieron posible que
  • 00:15:25
    proyecto grado cero lleve a cabo esta
  • 00:15:27
    transmisión en particular licenciado
  • 00:15:29
    Israel Hernández coordinador de
  • 00:15:31
    formación judicial y al Dr Juan Abelardo
  • 00:15:33
    Hernández Franco con los cuales amigos
  • 00:15:36
    del proyecto eh hemos podido lograr esta
  • 00:15:38
    charla con el doctor Manuel atienza y
  • 00:15:40
    pues no se olviden de visitar las
  • 00:15:42
    páginas del proyecto www proyect
  • 00:15:44
    grado.com y en Facebook nos encuentran
  • 00:15:46
    como revista grado cero Muchas gracias
  • 00:15:48
    doctor y hasta pronto much
  • 00:15:53
    [Música]
  • 00:15:59
    [Aplausos]
  • 00:16:01
    [Música]
  • 00:16:07
    Everybody says bab
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